Salud establece normas de prevención para procedimientos de desalojos judiciales o movilizaciones

El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social publicó este miércoles 13 de enero el Acuerdo Ministerial 289-2020, en el cual se establecen las normas de prevención de Covid-19 en procedimientos de desalojos judiciales o movilizaciones.

De acuerdo con el documento, en Guatemala, como parte de la aplicación de las leyes y órdenes judiciales, se ejecutan frecuentemente desalojos de espacios físicos o propiedades que requieren la movilización de personas  por parte de autoridades.

Estas acciones deben llevarse a cabo siguiendo los protocolos de prevención de la transmisión del Covid.19 tanto para los agente de seguridad y justicia como las personas desalojadas o movilizadas”, señala la normativa.

Procedimientos

Los procedimientos que deberán cumplir las fuerzas de seguridad durante los procesos de desalojos o movilizaciones son:

  • Uso de guantes, mascarilla N95 o NK95, careta facial o anteojos protectores
  • Disponibilidad de alcohol en gel en concentración igual o mayor al 70% para ser utilizado de ser necesario.
  • Evitar las aglomeraciones de personas y mantener la distancia física de 1.5 metros entre los delegados durante su traslado.
  • Evitar el contacto físico dentro de lo posible con las personas que sean desalojadas
  • Desinfectar el equipo e insumos requeridos antes y después de la actuación judicial.

Además, el acuerdo establece que los jueces que orden estas movilizaciones deberán revisar el Tablero de Alerta Sanitaria publicada por municipio donde se desarrollará el proceso para determinar el riesgo de contagios.

Los oficiales a cargo de la ejecución de la orden judicial, deberán consultar y coordinar con el Distrito de Salud Municipal para determinar el riesgo de infección y cualquier medida adicional sanitaria que fuera necesario”, puntualiza el Acuerdo.