Virginia Laparra lucha por justicia y apela con argumentos «sólidos» la condena recibida

  • La exfiscal de la Feci en Quetzaltenango cumplía con su deber al presentar denuncia contra un juez, la sentencia tiene una resolución ambigua y contradictoria, dice su defensa.
  • Amnistía Internacional ha dejado ver una serie de anomalías en los procesos que se siguen contra Laparra.

A Virginia Laparra la han llamado «presa de conciencia» organismos internacionales que defienden los Derechos Humanos. En diciembre fue condenada a cuatro años de presión y tras un proceso engorroso, este día su defensa presentó una apelación en la que muestran que la exfiscal de la Feci en Quetzaltenango, en ningún momento cometió delito.

La exjefa de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) en Quetzaltenango acudió junto a su defensa, a la Sala Segunda de Apelaciones del Ramo Penal para presentar sus argumentos de la apelación que presentaron en contra de la condena de cuatro años de cárcel que el Tribunal Octavo de Sentencia le impuso.

Claudia González, abogada de Laparra, argumentó que el MP no pudo probar que existió dolo por parte de la exfiscal y que la sentencia es contradictoria, ya que se en una parte se dice que sí hubo dolo y en otra que no se probó.

La abogada también indicó que no se demostró la consumación del delito de abuso de autoridad en forma continuada.

La Sala que analiza la apelación es presidida por el magistrado Gustavo Dubón, presidente, y por los vocales Roaldo Chávez y Eduardo Galván Casasola.

“Es alarmante constatar que las autoridades guatemaltecas han sido incapaces de garantizar las más básicas garantías de defensa y debido proceso de Virginia Laparra. A un año de su detención, es evidente que las múltiples arbitrariedades e irregularidades en el actuar de la fiscalía y del Organismo Judicial en este caso son el resultado de la obsesión de las autoridades en castigar a todas las personas que han contribuido a la lucha contra la corrupción y la impunidad” dijo Erika Guevara Rosas, directora para las Américas de Amnistía Internacional hace poco tiempo al analizar este caso.

Virginia Laparra fue detenida el 23 de febrero de 2022 en Quetzaltenango. El 16 de diciembre de este mismo año un Tribunal de la Ciudad de Guatemala la condenó a cuatro años de cárcel por el delito de abuso de autoridad en forma continuada. Amnistía Internacional reitera su consternación por esta condena basada en el análisis del tribunal de que la entonces fiscal incurrió en un delito, solamente por iniciar una demanda administrativa por señalamientos de corrupción en contra de un juez.

Además, el 19 de octubre de 2022, estando en detención preventiva por este primer caso, se dictó una nueva orden de aprehensión contra la exfiscal relacionada con otra denuncia penal presentada por el mismo juez que Laparra había previamente acusado y que dio lugar a otro proceso penal en Quetzaltenango. Amnistía Internacional observa con preocupación que las autoridades consintieron con el uso de tácticas de litigio malicioso, provocando que Virginia Laparra tenga que defenderse de manera simultánea en dos procesos paralelos por los mismos hechos iniciados por la misma persona. Además, la organización recibió información sobre ataques misóginos en contra de Virginia Laparra y su equipo legal durante las audiencias y recesos que en reiteradas ocasiones fueron tolerados por las autoridades en ambos procesos.

Aunado a ello, Amnistía Internacional constató que después de su detención el 23 de febrero del año pasado las autoridades incumplieron el plazo constitucional de 24 horas para tomar su primera declaración. Más aún, las autoridades tampoco justificaron la necesidad de enviar y mantener a Virginia Laparra en detención preventiva de conformidad con los estándares internacionales. Al contrario, las autoridades distorsionaron el proceso a tal punto que usaron las acciones judiciales ejercidas por la exfiscal como parte de su derecho a la defensa, así como las declaraciones de ella y su equipo legal a la prensa, para justificar la denegación de su libertad condicional.