Procesan a Ángel González en Argentina por falsedad y estafa; caso vinculado a propiedad de canal de TV

Disputa por propiedad de Canal 9 es con un ex socio; Le embargan bienes mientras sigue proceso

Em magnate mexicano de medios de televisión, radio y prensa en Latinoamérica, ´Remigio ángel González, es procesado en Argentina por varios delitos que habría cometido en la pugna que sostiene en torno a la propiedad de un canal de televisión, con quien fuera su socio en aquel país.

El medio electrónico Infobae ha informado con detalle lo sucedido ayer y este día el proceso debió continuar con una audiencia por videoconferencia, en la que se le debió notificar sobre las medidas que ha adoptado la jueza María Servini.

A continuación la información de Infobae:

Remigio Ángel González González fue procesado en una causa iniciada en 2019 a partir de la denuncia del empresario Carlos Lorefice Lynch por la disputa de la propiedad de Canal 9. Lo decidió la jueza María Servini, tras el pedido que había formulado el fiscal Guillermo Marijuan. Al empresario mexicano se lo acusa de los delitos de falsedad ideológica de instrumento público y estafa en grado de tentativa. La sospecha es que habría falsificado un documento para apropiarse de Canal 9.

La magistrada dispuso además el embargo de bienes del ejecutivo para responder los gastos originados en el proceso judicial en caso de que resultare condenado. Servini citó a González González para mañana a las 11 horas para notificarlo personalmente del procesamiento (se hará por Zoom) y se lo informará del embargo.

La jueza María Servini,

El empresario Lorefice Lynch, querellante en la causa, denunció que González González y otras personas desplegaron una maniobra para desapoderarlo de bienes y de su administración que le pertenecían. Concretamente de la compra del 65 por ciento de Grupo Belleville Holdings LLC, dueño de Canal 9, por 16 millones de dólares y una deuda que la compañía tenía de 4 millones de dólares. Se trata de un grupo registrado en 2006 en los Estados Unidos y un año después en Argentina.

Pero la querella denunció que el empresario presentó documentación para retener la parte del grupo que había vendido. González González fue indagado en la causa el 29 de septiembre vía Zoom. El empresario se negó a declarar y a contestar preguntas y presentó un escrito como descargo de la acusación. En esa presentación sostuvo que cuenta con un fallo de la justicia de Estados Unidos que le dio la razón y que acusó a Lorefice Lynch de ser mendaz.

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“Aun tomando por ciertas las pruebas aportadas por la parte defensista y que en su descargo sólo fueron analizadas y mencionadas de manera parcial, de todas formas nos encontraríamos ante una maniobra defraudatoria, pues se habría utilizado la jurisdicción extranjera para que, a la luz de su derecho, se emitiera un acto jurídico que violenta las reglas nacionales en materia de transferencia de activos y en perjuicio de los derechos patrimoniales que, sea por el motivo que fuera, el propio imputado le había otorgado libremente al querellante”, sostuvo la jueza Servini en su resolución a la que accedió Infobae.

La jueza explicó que González González presentó en la Inspección General de Justicia un certificado que lo mostraba como titular del grupo pero “sabía que en verdad había cedido esa posición a Lynch sin contar con ningún documento que permitiera sostener lo contrario y que la cuestión se encontraba en pleno litigio, generando así un cuadro idóneo para inducir a error al ente administrativo y, de esa manera, perjudicar patrimonialmente a un tercero”.

Servini agregó que “el querellante acompañó toda la documental que daba cuenta tanto de la transferencia del paquete accionario en su favor como así también de la certificación obtenida, en contra de esto, por el imputado González González a partir de su propia presentación ante las autoridades extranjeras y que este documento se utilizó en nuestro país en miras de ocasionarle al denunciante un notorio perjuicio económico”.

González González fue procesado por el delito de estafa en grado de tentativa. El procesamiento fue dictado sin prisión preventiva ya que la jueza entendió que “no existen elementos aquí como para presumir que a partir del pleno ejercicio de su libertad ambulatoria, dicho imputado intentara de alguna manera darse a la fuga o entorpecer el curso del proceso”. Además fueron citados a indagatorias otras personas que deberán declararan a partir del 8 de diciembre.