Ministerio de Salud restringe a 100 personas el acceso a playas, lagos y ríos

El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) publicó este viernes 05 de enero el Acuerdo Ministerial 24-2021, el cual reforma el Acuerdo 07-2021. En la nueva normativa se establecen las disposiciones obligatorias para la contención y prevención del Covid-19 en el país.

El artículo 2 del documento instruye que el aforo en parques públicos, parques municipales y otros de similar características deberá mantearse de acuerdo  al Sistema de Alerta Sanitaria.

Además, señala que se debe limitar a no más de 100 personas el acceso a playas, lagos y ríos, ubicados en los cuya alerta sea roja o naranja en el Semáforo de Covid-19.

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Tal y como lo había anunciado el presidente Alejandro Giammattei, el horario de los centros comerciales y supermercados vuelve a la normalidad y sin restricciones.

Los centros comerciales, plazas comerciales y similares deberán realizar sus actividades en sus horarios regulares respetando el aforo y medidas de bioseguridad”, indica el Acuerdo.

Respecto a mercados municipales y cantonales, indica que estos podrán regresar a su horario inicial, de 05:00 a 19:00 horas, “deberán cumplir con elaborar los Protocolos de Bioseguridad para la prevención contagios de Covid-19”.

El Ministerio de Salud, además, informa que se permite la realización de ferias, pero se prohíben los conciertos y elección de reinas dentro de las mimas. Señala que las ferias pueden desarrollarse con la vigilancia de los organizadores para que las personas usen mascarillas y se respete el aforo.

En relación a bares y centros de diversión nocturna podrán funcionar hasta las 21:00 horas respetando los aforos establecidos. “Los restaurantes continuarán funcionando en sus horarios regulares (…) respetando el expendio y consumo de bebidas alcohólicas, fermentadas o destiladas”.

 Las nuevas restricciones y modificaciones entrarán en vigencia a partir de este viernes 5 de febrero.