- La suspensión temporal del IVA y del IDP entra en vigor este jueves 1 de octubre, después de semanas de protestas y disputas políticas.
- El Gobierno estima la súper en Q36.24, la regular en Q34.96 y el diésel en Q42.94 por galón; son valores de referencia, no precios máximos.
Redacción Crónica
Los consumidores deben encontrar desde hoy, jueves 1 de octubre, una reducción en el precio de las gasolinas y el diésel por la entrada en vigor del Decreto 22-2026, que suspende temporalmente el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a la Distribución de Petróleo (IDP). La medida estará vigente hasta el 31 de diciembre y obliga a trasladar íntegramente el beneficio tributario al comprador.
El presidente Bernardo Arévalo anunció ayer, durante la conferencia de prensa La Ronda, que la rebaja comenzaría a reflejarse en las compras de este jueves. “Mañana las facturas del combustible serán más bajas”, afirmó, después de que la normativa fuera publicada en el Diario de Centro América.
Cuánto costarían los combustibles
Estos son los valores anunciados por el Ejecutivo, calculados sobre los precios utilizados como referencia antes de la exención:
| Combustible | Referencia anterior por galón | Rebaja estimada | Nueva referencia por galón |
|---|---|---|---|
| Gasolina superior | Q45.29 | Q9.05 | Q36.24 |
| Gasolina regular | Q43.29 | Q8.33 | Q34.96 |
| Diésel | Q49.39 | Q6.45 | Q42.94 |
Las cifras corresponden a las estimaciones oficiales. No significan que todas las estaciones deban vender exactamente a esos precios, ni constituyen un techo legal: los valores pueden variar según el mercado, la ubicación y las condiciones de comercialización. Lo obligatorio es que cada expendedor aplique íntegramente la exención correspondiente.
El ministro de Energía y Minas, Erwin Barrios, explicó que los costos internacionales siguen influyendo en los precios. Por ello, la suspensión de impuestos reduce la carga que paga el consumidor, pero no congela el valor del combustible durante los tres meses de vigencia. El MEM habilitó una plataforma para que las estaciones reporten diariamente sus precios.
La presión de las calles
La decisión llega después de una crisis que llevó a transportistas, comerciantes y autoridades indígenas a exigir respuestas al Ejecutivo y al Congreso. El aumento de los combustibles golpeó tanto a quienes utilizan vehículos particulares como al transporte de pasajeros y mercancías, con preocupación por sus efectos sobre la canasta básica.
El 8 de septiembre, representantes de los 48 Cantones de Totonicapán, autoridades indígenas de Sololá y transportistas participaron en manifestaciones y reuniones para reclamar medidas. El presidente de los 48 Cantones, Eduardo Tax, pidió soluciones para contener los precios, pero se desvinculó de los bloqueos de carreteras registrados en aquellos días. Entre las demandas planteadas estaba precisamente la suspensión temporal del IVA y del IDP.
La presión continuó después de la primera respuesta legislativa. El 14 de septiembre, representantes de gremiales de transportistas y mercados volvieron a manifestarse en la capital: rechazaron el mecanismo de subsidio aprobado por el Congreso y reclamaron retirar los impuestos. También hubo jornadas de bloqueos que afectaron el tránsito y el abastecimiento.
Del subsidio a la exención
Durante el año ya se había aprobado un apoyo temporal mediante el Decreto 11-2026, de Q8 por galón de diésel y Q5 por galón de gasolina. Ese alivio no resolvió de manera permanente el impacto de las alzas internacionales, y en septiembre distintos sectores cuestionaron sus resultados y exigieron otra respuesta.
En medio de las protestas del 8 de septiembre, el Congreso aprobó de urgencia nacional, con 130 votos, el Decreto 21-2026. Este proponía un fondo de Q2,500 millones para mantener precios máximos de Q39 por galón de diésel y gasolina regular, y Q41 para la superior. Su trámite se retrasó por objeciones presentadas por el diputado Allan Rodríguez, de Vamos, que el pleno rechazó el 24 de septiembre.
Finalmente, Arévalo vetó ese decreto de precios máximos y sancionó el 22-2026, aprobado el 22 de septiembre, que establece la exención tributaria vigente desde hoy. Por tanto, los techos de Q39 y Q41 no son los precios que entran en aplicación este jueves.
Qué debe comprobar el consumidor
La rebaja deberá identificarse en la factura electrónica por cada galón despachado. El Ministerio de Energía y Minas, la Diaco y la SAT tienen la responsabilidad de supervisar que el beneficio llegue al consumidor. La ley concede plazos para emitir el reglamento y adecuar los sistemas, pero estos trámites no suspenden la exención que comienza hoy.
El alivio tiene fecha de vencimiento: a partir del 1 de enero de 2027, los combustibles volverán al régimen tributario ordinario. Durante este trimestre, la prueba de la medida estará en los precios efectivamente cobrados y en las facturas: después de semanas de presión social y debates políticos, los consumidores esperan que la reducción anunciada se refleje desde hoy en su bolsillo.