Gobierno propone ley de protección a la población luego de vetar normativa que garantizaba servicios básicos

Tras vetar el Decreto 15-2020 que prohibía el corte de los servicios básicos como agua, luz, teléfono e internet, mientras dure el Estado de Calamidad por la pandemia del Covid-19, el presidente Alejandro Giammattei presentó este mismo miércoles una nueva propuesta que deberá ser conocida por el Congreso de la República.

Presidente de Guatemala, Alejandro Giammattei Falla.

La nueva propuesta detalla que las entidades prestadoras de servicios de suministro de los servicios esenciales como el suministro entubado de agua potable, servicio de distribución de energía eléctrica, servicio telefónico tanto móvil como residencial, así como el servicio de internet, fijo o móvil, no podrán suspenderse los mismos durante los meses de mayo, junio y julio, a los usuarios que no hayan hecho efectivo el pago de su factura mensual correspondiente a dicho periodo.

En relación a las entidades que presten el servicio de distribución de energía eléctrica, no podrán suspender el servicio durante los meses de mayo, junio y julio, a los usuarios que no hayan hecho efectivo el pago de las facturas mensuales emitidas durante ese período y cuyo consumo mensual no exceda de 300 kwh.

“Para gozar de este beneficio, los usuarios deberán solicitar a la entidad distribuidora del servicio de distribución de energía eléctrica correspondiente, el diferimiento del pago de la factura. Para el efecto, las entidades distribuidoras de energía eléctricas deberán poner a disposición de sus usuarios, todas las medidas que sean necesarias para facilitar y agilizar dicha solicitud y evitar conglomeración de personas en sus agencias”, indica la normativa.

Además, el Instituto Nacional de Electrificación (INDE) será el encargado de garantizar el subsidio del aporte social a la tarifa social para que los usuarios que consuman 1-60 kilovatios por hora, paguen mes paguen Q0.40 por kwh. Para los que consuman entre 61-125 kwh, deberán pagar por mes Q0.60 por kilovatio.

En el caso del agua potable, el proyecto de ley establece un máximo de consumo para optar al beneficio de Q300 mensuales. Además, el Organismo Ejecutivo autoriza un aporte de Q45 millones para la Empresa Municipal de Agua para sufragar los impagos que puedan generar la nueva disposición.

En relación con la telefonía e internet, las empresas no podrán suspender los dos servicios, pero si reducir los planes. Asimismo, no podrán aplicar cargos moratorios ni penalizaciones por la falta de pago.

Por último, la iniciativa establece que para optar a los anteriores beneficios, los usuarios deberán realizar una solicitud a los proveedores de los servicios, a través de medios digitales o de la manera en que las empresas lo establezcan.