La expresidenciable de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), Sandra Torres, planteó a la Corte de Constitucionalidad (CC), una apelación contra la resolución de la jueza de Mayor Riesgo «A», Claudette Domínguez, quien rechazó una inconstitucionalidad con la cual buscaba no ser procesada por el delito de financiamiento electoral no registrado dentro del caso Financiamiento UNE. Sobre este aspecto ya hay un antecedente a favor de los Leal.
La Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) confirmó que la ex primera dama interpuso el recurso legal en la CC, el cual aún está siendo analizado por los magistrados del máximo tribunal constitucional.
En la inconstitucionalidad, la acusada señala que no se le pueden aplicar las disposiciones contenidas en el artículo 407 “O” del Código Penal, que tipifica el acto ilícito por el que fue procesada.
La expresidenciable también argumentó que cuando ocurrieron los hechos por los que fue acusada por la FECI, en 2015, no existía el delito por el que se presentó la acusación en su contra.
Esos alegatos ya fueron analizados por la jueza encargada del caso, quien consideró que sí existen indicios que encuadran en esos supuestos hechos ilegales.
Resolución anterior
El 12 de mayo de 2021, la CC declaró parcialmente con lugar, un recurso de apelación interpuesto por Mario Roberto Leal Pivaral y Rodrigo Leal Castillo, señalados en el caso Financiamiento Electoral UNE, contra el mismo delito.
El amparo fue interpuesto contra el artículo 407 “O” del Código Penal, que regula el delito de financiamiento electoral no registrado y en la resolución se consigna que en esta situación en particular son válidos dos argumentos de los solicitantes respecto a la retroactividad de la ley, es decir, no podría ser aplicada a los amparistas.
El pasado 12 de octubre, el Departamento de Organizaciones Políticas del TSE emitió una resolución por medio de la cual permitió a Torres asumir como secretaria general de la UNE.
La decisión del ente electoral se basó en la resolución otorgada por la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones que revocó la prohibición que Torres mantenía para participar en actividades políticas y salir al interior del país.