PROVOCATIO: La seducción perversa (2ª parte y final)

José Alfredo Calderón

Historiador y analista político

Hay un elemento crítico para entender iniciativas como la llamada Ley Antimaras y es el talante contrainsurgente que las anima y fundamenta.  No vienen solas sino en paquete:

  • Reforma al Código Penal para tipificar la actividad de pandillas dentro del delito de terrorismo.  Iniciativa 5692.
  • Reforma al Código Penal para modificar las causas de justificación penal; iniciativa 5693. La discrecionalidad otorgada a las fuerzas de seguridad ya sabemos cómo funciona.  Otorgar poder y discrecionalidad a los grupos armados (aunque sean institucionalizados) provoca graves violaciones a Derechos Humanos.
  • Liquidación y disolución de la Secretaría de Asuntos Administrativos y de Seguridad de la Presidencia; iniciativa 5694.  Contraria a los Acuerdos de Paz y retorno a la seguridad militar (Estado Mayor Presidencial –EMP– y Guardia Presidencial).

La relación conceptual entre el grado potencial de criminalidad y la pertenencia a determinadas asociaciones, así como la previsible discrecionalidad de las fuerzas de seguridad para encajar en esa relación, conllevaría, muy posiblemente, a reprimir organizaciones sociales señaladas de alterar el orden público.  Así mismo, esta dinámica atenta con el libre derecho de asociación y organización, así como la libertad de expresión.  Las variables de territorialidad, la presunción de criminalidad y la simbología, son elementos difusos que fácilmente podrían englobar a personas y grupos que no necesariamente realizan o apoyan actividades criminales.  Nuestro país en particular, es un ejemplo vivo de la estigmatización por razones de raza, etnia, color de piel, lugar de habitación, condición socioeconómica, vestimenta y apariencia personal.

Otro elemento que no toma en cuenta la iniciativa, es la gran especulación en torno al tema de pandillas. Nadie sabe con certeza el número real de sus integrantes y ya mencioné antes que, en el delito de extorsión, la mayoría de victimarios son imitadores y no pandillas/maras (datos oficiales de PNC que lo ubican en 2/3).  Este dato refuerza el Precepto de la Seguridad Democrática en cuanto a que, para construir políticas públicas, se necesita conocer el fenómeno que se legisla y la política que lo sustenta.

La misma PNC enfrenta graves deficiencias en cuanto a la ausencia u opacidad de datos y estadísticas. Como bien apunta la organización Diálogos[1]: “La calidad de los registros es muy deficiente, especialmente cuando se trata de especificar el perfil de las víctimas y victimarios o el móvil del crimen. Esto debido a la gran cantidad de casos sobre los cuales la PNC no tiene ninguna hipótesis.”.  Está claro que en estas condiciones, la aplicación de una normativa como la que propone la iniciativa 5692, podría inducir a presunciones falsas y acciones contrarias al respeto de los derechos humanos garantizados en la Constitución Política de la República.

Pero hay un dato puntual y contundente que deslegitima la argumentación oficial sobre el aumento de la criminalidad: “… argumentan que los índices de criminalidad permanecen altos, minimizando entonces el impresionante descenso, de más del 50 por ciento, en la tasa de homicidios durante los últimos diez años. Además, asumen equivocadamente que el fin último o propósito de las pandillas o maras es del “desorden público”, lo cual implica desconocer la naturaleza y la evolución reciente de dichas organizaciones, que se caracterizan actualmente por sus fines económicos por medios ilícitos, incluyendo el uso instrumental de la violencia.”[2]  Cuestiones como esta, hacen sospechar que el manido recurso de potencializar y hacer tendencia el tema de la violencia, pueda deberse a una intencionalidad mediática que es atractiva para las masas poco informadas y formadas.  El tema de las pandillas y maras es sensible, y los asesores de comunicación política del gobierno lo saben. 

Hay tres elementos más que conviene repasar y que demuestran la poca solidez de la iniciativa 5692:

  • De acuerdo a lo que se conoce sobre la naturaleza de las pandillas/maras, no hay evidencia científica que encaje en la definición de terrorismo a la luz de la legislación internacional.  De hecho, ya hay iniciativas “oficiales” para eliminar la categorización de terroristas.
  • La pertenencia a una asociación no puede ser la base para la criminalización de personas y grupos. Encajar artificialmente esta relación, puede conducir a más violencia y peligrosidad.   Como bien apuntan Carlos Mendoza y Evelyn Espinoza de la organización Diálogos: “… pretende etiquetar como “terroristas” a los miembros de las pandillas o maras, se les obliga a asumir una identidad nueva, mucho más beligerante y peligrosa, relacionada con extremismos y radicalización; a la vez que se les otorga un estatus más sobresaliente del que ahora tienen dentro de sus comunidades y en la sociedad en general. Es decir, se les da más importancia de la que realmente tienen.”
  • Las acciones represivas contenidas en las políticas de “Mano Dura”, no hicieron más que incrementar la violencia y la respuesta de las pandillas fue letal en Honduras y El Salvador, que guardan la incómoda estadística de estar entre los países más violentos del mundo.  Así mismo, “El encarcelamiento masivo les obligó a, y facilitó el, ampliar su base operativa en las calles, a la vez que fomentó un mayor sentido de identidad que favoreció el reclutamiento en las prisiones y la permanencia de sus miembros, por necesidad de supervivencia en un medio hostil.”[3]

Estas consideraciones no pretenden minimizar la importancia y efectos de la actividad criminal de maras y pandillas, pero sí se refuerza el criterio de qué, para la discusión del tema, debe recurrirse a data dura, análisis científico y plena información. A guisa de conclusiones puedo decir que:

  1. La iniciativa 5692 contiene falencia técnicas y jurídicas que seguramente afectarán la vigencia plena y efectiva de los Derechos Humanos.
  2. La nueva categorización de terrorismo para las pandillas es peligrosa por los argumentos sustentados y puede agravar la situación de violencia en el país, así como el respeto a las garantías fundamentales que la Constitución garantiza para todos los guatemaltecos y guatemaltecas, sin discriminación alguna.
  3. La sobrerregulación que implicaría la aprobación de la iniciativa 5692, pervierte la acción del Estado en materia penal y agravará el fenómeno que dice combatir.
  4. El concepto de Seguridad Nacional y todas las variables que de ella se derivan, debe erradicarse de nuestra normativa jurídica y las acciones de las fuerzas de seguridad del Estado.  En su lugar, debe fortalecer el concepto de Seguridad Humana y Democrática, así como el enfoque PREVENTIVO.
  5. Urge profundizar en el estudio de maras y pandillas, pero más aún, en los temas de violencia y seguridad en general. Esto permitirá un enfoque científico y desdeñar así, las subjetividades, presunciones e, incluso, las posibles perversiones que pudiera entrañar un proyecto como el comentado.
  6. Como ya se acotó, ojalá que el fondo de la iniciativa no se relacione con la urgente necesidad del nuevo gobierno por endulzar los oídos ciudadanos poco informados. Se entiende la necesidad de brindar resultados inmediatos y de combatir un flagelo muy sensible para la población, pero no por ello, se debe dar paso a inmediatismos perversos, urgencias que provocan iniciativas poco sustentables y plataformas que promuevan un regreso al oscuro pasado de un país que sufrió mucho con la guerra interna, y en donde sus fuerzas de seguridad traicionaron su mandato constitucional, basados en la figura del enemigo interno y la Seguridad Nacional.

Con base a la evidencia y el sentido común, sugiero:

  1. Que se suspenda el avance de esta iniciativa de la forma que se ha hecho y se retome una discusión más amplia y seria, con actores de sociedad civil y técnicos de Naciones Unidas, especializados en la temática.
  2. Que se recuperen los preceptos de la Seguridad Humana y Democrática para esta, y cualquier otra iniciativa sobre estos temas, desterrando de una vez por todas, el concepto y doctrina de Seguridad Nacional.
  3. Que los organismos del Estado, desde sus áreas de competencia, fomenten el acopio de información y la búsqueda de data, basados en la investigación científica que conduzca al conocimiento profundo del fenómeno de la violencia y los temas de seguridad.  Esto permitirá la construcción moderna y pertinente de políticas públicas coherentes y pertinentes.

José Alfredo Calderón E.

Historiador y analista político


[1] Diálogos es una entidad de investigadores sociales especializados en Violencia y Seguridad. Su principal fortaleza se basa en el uso de data para sus opiniones.

[2] Artículo Blog de Diálogos, a propósito de la iniciativa 5692.

[3] Idem.