A través del Acuerdo Ministerial 140-2020, el Ministerio de Trabajo creó el procedimiento electrónico para el registro, control y autorización de suspensión de contratos de trabajo, esto debido a la crisis sanitaria que atraviesa el país por el nuevo coronavirus COVID-19.
Con esta disposición, las empresas podrán suspender los contratos laborales de uno, varios o todos sus empleados argumentando que “por fuerza mayor” se toma la decisión, pero antes deberán informar a la Inspección General de Trabajo.
El acuerdo ministerial solo podrá aplicarse mientras persistan los efectos de la pandemia del COVID-19.
La Inspección General de Trabajo será la encargada de analizar y autorizar la solicitud por los patronos para la suspensión en un plazo no mayor de cinco días hábiles. Por último, el Ministerio de Trabajo informó que habilitará un portal electrónico para hacer el registro del procedimiento de manera virtual