Ley de emergencia contra covid-19: Menores de 12 a 17 años podrían vacunarse

Para este lunes, 13 de septiembre, se tiene previsto que los diputados del Congreso de la República conozcan la iniciativa de ley 5977 “Ley de Emergencia Nacional para la Atención de la Pandemia COVID-19”, la cual contempla vacunar a población comprendida entre los 12 y 17 años.

La normativa fue firmada por los jefes de bloques de las 19 bancadas representadas en el Legislativo, luego de un acuerdo político que se alcanzó a la medianoche del sábado, luego de cuatro días de reuniones.

La propuesta incluye un aumento de presupuesto de Q1 mil 800 millones al Ministerio de Salud para atender la emergencia y abastecer hospitales, pero también ordena acciones que se deben implementar para el manejo de la pandemia.

Vacunación

Según el artículo 32 “Directrices para el manejo de la pandemia Covid-19” de la iniciativa 5977, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) impulsará diversas acciones en un plazo de 15 días tras la publicación del decreto. Entre ellas se menciona la siguiente:

Programar y desarrollar el proceso de vacunación de los menores de edad comprendidos entre los 12 a 17 años. Asimismo, garantizar la conclusión del esquema completo de quienes cuentan con la primera dosis”.

Hasta el momento, la inmunización es permitida a mayores de 18 años. De acuerdo con el Tablero COVID-19, en todo el país han sido vacunadas 3, 754,114 personas con primera dosis, equivalente al 35.65% de una población estimada de 10, 529,192 guatemaltecos. Mientras que con esquema completo tan solo ha sido cubierto el 16.82%.

Más medidas

Entre otras medidas, se ordena al Ministerio de Salud que actualice las disposiciones ministeriales emitidas y relacionadas con los aforos, cordones sanitarios, pruebas diagnósticas, con el fin de buscar la reducción de contagios de coronavirus.

También pide a Salud que, junto al Ministerio de Trabajo, se revisen las alternativas al trabajo presencial, como medida sanitaria.

Asimismo, se ordena conformar brigadas comunitarias para la vacunación, detección y mitigación de COVID-19 en áreas rurales, tomando como referencia los lugares poblados como aldeas y caseríos identificados en el Censo Nacional de Población;

Coordinar con los Consejos Comunitarios de Desarrollo -COCODES, acciones de prevención, detección y vacunación de COVID-19 en el área rural, para lo cual la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia apoyará al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, facilitando la comunicación y coordinación. Esto no excluye otros mecanismos de coordinación”, indica la iniciativa de ley.

También faculta al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, suscribir convenios de cooperación a título gratuito con las farmacias y entidades afines para ampliar el sistema de vacunación.

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