La PGN señala de inconstitucional el aporte estatal al Transurbano

El caso se encuentra ahora en manos del Ministerio Público (MP), quien deberá determinar delitos y responsables.

No existe fundamento legal para que el Estado haya otorgado Q270 millones a la Asociación de Empresas de Autobuses Urbanos (AEAU), dijo la Procuraduría General de la Nación (PGN) en un oficio enviado a la Fiscalía Contra la Corrupción del MP.

Dicho análisis llega luego de que la oficina del Ministerio Público lo solicitará a causa de tres denuncias recibidas de la Contraloría General de Cuentas (CGC), Aníbal García y la Asociación de Propietarios de Autobuses Urbanos de Guatemala (Asopagua), en las cuales se señalaba la supuesta ilegalidad en el aporte a las empresas de transporte.

¿Existe fundamento legal para que el Estado de Guatemala haya otorgado Q270,000,000.00  a la Asociación de Empresas de Autobuses Urbanos AEAU- para la compra de equipo en la implementación del sistema prepago?; ¿Es correcto o incorrecto que el Estado de Guatemala pague gastos de funcionamiento de la AEAU tales como sueldos, alquiler del inmueble donde funciona, equipo, entre otros?, fueron las dos preguntas planteadas por la Fiscalía a la PGN.

Así, tras el estudio jurídico, la Procuraduría resolvió que «no existe una normativa específica que faculte al Estado efectuar aporte económico de inversión hacia una entidad privada cuyos fines son lucrativos”, en tanto agregó que dado que el dinero otorgado al Transmetro proviene del presupuesto de la nación, el aporte puede considerarse como un daño al patrimonio del Estado, por lo cual el Ministerio Público deducirá las responsabilidades penales correspondientes sobre los que resulten implicados en los posibles ilícitos.

Los recursos a la AEAU para la inversión en el Transurbano fueron entregados inicialmente por el gobierno de Álvaro Colom y fueron continuados por la gestión del exmandatario Otto Pérez Molina.

Debido a esto, la Procuraduría concluyó que aunque ya no se puede declarar lesivo este acuerdo, pues esto solo puede suceder en los primeros tres años de contrato con el Estado, será el MP quien examine la nulidad del mismo o lo procedente en el caso.