Gobierno hace oficial la suspensión temporal de las cuotas del IGSS

Este lunes se publicó en el Diario Oficial el Acuerdo No. 1472 del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), en el cual se autoriza la suspensión, de forma temporal, del pago patronal de las cuotas de seguridad social por parte del sector privado, correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo del presente año.

Las mismas no estarán sujetas a ningún recargo por mora, intereses o gastos administrativos.  

Esta medida fue acordada el pasado 23 de marzo, con el objetivo de apoyar a los empresarios durante la crisis que enfrenta el país por el coronavirus COVID-19.

De acuerdo con el documento, la cuota del trabajador deberá continuar siendo deducida de manera normal y ser traslada al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social a través dela Planilla Electrónica de Seguridad Social.

En relación con la forma de pagos de las cuotas diferidas, el acuerdo establece que los patrones podrán continuar efectuando el pago de las cuotas correspondientes en los plazos habituales, Asimismo, los pagos diferidos de marzo, abril y mayo podrán realizarse en los meses de julio, agosto y septiembre de 2020.

“Los que no se sujeten a los literales anteriores el sistema de manera automática distribuirá el monto total diferido adeudado hasta en 18 cuotas mensuales a partir del mes de julio de 2020”, expresa el documento.

Los requisitos a los que deberán sujetarse los patrones son: estar adherido al Sistema de Generación, Transmisión, Validación y Pago de la Planilla de Seguridad Social en forma electrónica, cargar en el Sistema de Planilla Electrónica su declaración de planilla de seguridad social por cada uno de los meses correspondientes, y que el patrono se encuentre actualizado en sus registro de datos en el IGSS al año 2020º realice actualización o ratificación de datos.