Esta fue la justificación de Alejandro Giammattei tras vetar ley que garantizaba servicios básicos

El presidente Alejandro Giammatei, en cadena nacional, justificó este miércoles el veto al Decreto 15-2020, aprobado el pasado 3 de abril por el Congreso de la República, que prohibía el corte de los servicios básicos como agua, luz, teléfono e internet, mientras dure el Estado de Calamidad por la pandemia del Covid-19.

De acuerdo con el mandatario, los motivos principales para no sancionar dicha normativa fueron que el Decreto en mención no es claro al indicar quiénes son los usuarios que deben gozar de protección.

Además, aseguró que el Crédito Hipotecario Nacional quedaba obligado a endeudarse sin indicar la fuente de su financiamiento.

“La normativa no instruía al Ministerio de Finanzas Públicas que debía realizar asignaciones presupuestarias para su cumplimiento. El Decreto 15-2020 carece de una disposición que establezca la obligación reglamentaria para el ente responsable de desarrollar la misma y el plazo de su emisión”, indicó Giammattei.

Según con el gobernante guatemalteco, el decreto en mención contraviene los artículos 119, 15, 43, 44, 240 y 253 de la Constitución Política de la República, por no delimitar el grupo objetivo y el impacto económico que pudiera tener la norma.

“Al momento de redactar la normativa permitía que grandes usuarios puedan acceder al impago de los servicios contemplados, pese a tener la capacidad de pago. Asimismo, la normativa hacía referencia al servicio básico de luz, sin embargo, este no se encuentra regulado de esa forma, por lo que debía de presumirse que se refería al servicio de energía eléctrica”, explicó.

Nueva ley

Este mismo miércoles, se dio a conocer que el Organismo Ejecutivo presentó una nueva propuesta que deberá ser conocida por el Congreso de la República.

El nuevo proyecto detalla que las entidades prestadoras de servicios de suministro de los servicios esenciales como el suministro entubado de agua potable, servicio de distribución de energía eléctrica, servicio telefónico tanto móvil como residencial, así como el servicio de internet, fijo o móvil, no podrán suspenderse los mismos durante los meses de mayo, junio y julio, a los usuarios que no hayan hecho efectivo el pago de su factura mensual correspondiente a dicho periodo.

Antes de finalizar con su mensaje, el presidente Alejandro Giammattei afirmó: «Vete la lay pero no el concepto».

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