ENFOQUE: Uso y abuso del ANTEJUICIO

Gonzalo Marroquín Godoy

 La Constitución de la República y la Ley en Materia de Antejuicios establece el derecho de antejuicio en beneficio del Presidente y Vicepresidente, ministros y viceministros, diputados, jueces, magistrados, alcaldes, el Procurador de los Derechos Humanos y el Fiscal General. El espíritu de la Ley establece que es para preservar la estabilidad en el desempeño del cargo y garantizar el ejercicio de la función pública.

Mientras en el país nadie combatía la corrupción e imperaba un amplio marco de impunidad, los casos de antejuicio que se planteaban era mínimos y casi inexistentes. Esta situación ha cambiado radicalmente a partir de 2015, cuando se principió a demostrar que se podía actuar en contra de las más altas autoridades del Estado cuando violaban la ley de cualquier manera, principalmente cuando abusando de su puesto, incurrían en actos de corrupción.

El espíritu constitucional del proceso de antejuicio no es el de crear un marco de impunidad para funcionarios como el que estamos viendo…

Si bien expertos y juristas consideran que en algunos casos es correcto que exista el derecho de antejuicio, en la práctica se comprueba–una y otra vez– que esta figura se ha convertido en un valladar difícil de superar, aún en casos en los que los indicios de culpabilidad son más que evidentes y debieran dar paso a levantar la inmunidad de los funcionarios.

Hay que partir de un principio esencial: levantar la inmunidad a un funcionario público no representa nada más y nada menos que pueda ser investigado y, eventualmente, procesado por la imputaciones que se le formulan, pero sin perder sus garantías constitucionales como la presunción de inocencia –de parte del juez– y el respeto al debido proceso. Incluso puede permanecer en el cargo, mientras no sea detenido con orden de juez competente, la cual solamente se dará si hay indicios muy fuertes de culpabilidad.

El problema es que el uso y abuso de este derecho constitucional ha llegado a tal punto, que el entramado y contubernio que hay entre políticos, diputados, jueces y magistrados ­–que son los responsables de ventilar los antejuicios–, hace que superar esta etapa en los casos judiciales que se siguen, resulte toda una odisea.

Si no, veamos algunos de los casos más recientes y sonados, aunque antes quisiera mencionar que, según algunos reportes conocidos, en los últimos años se han planteado varios centenares de antejuicios contra diputados –no exclusivamente casos de la CICIG– y no prospera ni el 10% de ellos. ¿Casualidad o eficiencia del entramado político-judicial?–.

Los casos más sonados están encabezados, por supuesto, por el planteado contra del presidente Jimmy Morales por el delito de financiamiento electoral ilícito que él habría recibido siendo Secretario General del partido FCN-Nación. No prosperó porque en el Congreso se formó “Pacto de corruptos” en donde los políticos se protegen entre sí.

El otro caso sonado es el del alcalde Álvaro Arzú, acusado del mismo delito –con pruebas evidentes–, pero la jueza Judith Secaida, recomienda mantenerle la inmunidad –¿o impunidad?–. Ahora una “sala amiga” retardará el proceso y luego rechazara la solicitud del MP. El entramado funciona.

¿Y qué decir del último caso del general Erick Melgar Padilla?. Al margen de la polémica en torno a si goza o no de derecho de antejuicio por ser un juez militar por ser comandante de la Guardia de Honor, yo, sin ser abogado, escuché con estupor la resolución de la jueza de Mayor riesgo A, Claudette Domínguez, cuando revocaba la orden de captura en su contra.

Su argumento fue casi infantil, al decir que si bien la Constitución no decía que un juez militar gozaba de antejuicio, no decía que no pudiera tenerlo, y por lo tanto, tomaba esa decisión, sin dar más argumentos. Quedó claro que no se trataba de una resolución jurídica sustentada, sino del cumplimiento de un pacto no escrito entre algunos juzgadores y la clase política.

Se puede recordar el caso del corrupto alcalde de Chinautla, Arnoldo Medrano, quien durante muchos años mantuvo la inmunidad por fallos judiciales, hasta que de tantas acusaciones se logró avanzar y deberá enfrentar juicio.

Varios casos de diputados en escándalos sonados no avanzan. Es claro que además de impedir que se les inicie proceso, también se les beneficia con el transcurso del tiempo, porque todos están apostando a que con la salida de Thelma Aldana del MP, y con la llegada de un fiscal “afín” a la causa en contra de la CICIG, los casos se debilitarán.

Sin pretender ser brujo, ya verán que estos proceso que están pendientes caminarán a paso de tortuga por esta razón.

El antejuicio no se crea para servir de tapadera. Lástima que esa sea su función ahora: impedir que la porquería salga a luz.