ENFOQUE: ¿Es nuestra Constitución “La carabina de Ambrosio”?


La Constitución de cualquier país es el equivalente de los cimientos de una construcción.  Si son firmes, se puede poner sobre ellos una estructura que perdure en el tiempo y resista cualquier embate.

Gonzalo Marroquín Godoy

En el año 1993, terroristas colocaron dentro de una furgoneta 600 kilos de explosivos y los hicieron estallar en el sótano del World Trade Center (WTC).  Era el primer atentado contra el símbolo del capitalismo estadounidense.  Aunque hubo una tragedia con 6 personas fallecidas y más de 1,000 heridos, la estructura de las Torres Gemelas soportó el ataque.

Sabemos que luego se utilizaron dos aviones para derribarlas en 2001.  Sin embargo, quiero utilizar esta analogía para explicar lo importante de tener un basamento sólido para construir algo grande, como es la vida de una Nación.

La Constitución ­–de cualquier país– es la base sobre la que se organiza el Estado, pone límite a los poderes que lo integran y garantiza los derechos de las personas, sin importar su raza, sexo, pensamiento político o religión.  Se puede decir que es el cimiento de un estado democrático.

En los cursos de derechos constitucional, se destaca que es a partir de la Constitución que se crea todo el andamiaje legal y se hace ver que es la ley superior, a la cual, cualquier legislación aprobada se debe adecuar.  Nada hay en el campo judicial más alto que la llamada por eso Carta Magna.

En el caso de las dictaduras, es común que las constituciones sufran consecuencias.  En determinados casos se suprime la vigencia de la Constitución y se redacta una que quede como anillo al dedo.  En otros casos, como sucedió en Guatemala con los generales Efraín Ríos Montt y Oscar Mejía Víctores, se sustituyó por el llamado Estatuto Fundamental de Gobierno, que concedía amplios poderes a los gobernantes.  Otros, introducen reformas o aprueban leyes con el fin de utilizarlas para reprimir a quienes consideren opositores.

Este último ha sido el caso de Nicaragua, en donde se ha llegado al descaro de inventar delitos, con el fin de poder encarcelar a los opositores y, más recientemente, expulsarlos del país y hasta quitarles la ciudadanía, algo que atenta contra el derecho de cualquier ser humano de ser reconocido como ciudadano de su país de origen.

Otro de los aspectos relevantes de cualquier Constitución es que es absolutamente incluyente.  No importa la condición de raza, sexo, orientación política o religión.  Es un paraguas que establece los derechos y obligaciones para todas las personas.

Nuestra Constitución se redactó en 1984 y cobró vigencia en 1985. Es reconocida por juristas expertos como un instrumento bastante bueno ­–todo es perfectible–, sobre todo por la solidez de su apartado de derechos de la ciudadanía.

Otros aspectos relevantes son que establece clara y específicamente que debe existir la independencia entre los poderes del Estado: Ejecutivo, Legislativo y Judicial; además crea una serie de instituciones, algunas de las cuáles no existían antes de 1985 como el Ministerio Público (MP), la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH), el Tribunal Supremo Electoral (TSE) y la Corte de Constitucionalidad (CC), entre otras.

En el caso de la CC, tiene un mandato específico para su función.  En efecto, el artículo 268 establece lo siguiente: “…cuya función esencial es la defensa del orden constitucional; actúa como tribunal colegiado con independencia de los demás organismos del Estado y ejerce funciones específicas que le asigna la Constitución y la ley de la materia…”. 

En palabras más sencillas, la CC –sus magistrados–, está llamada a defender el orden constitucional, que se rompe cuando no se respeta la Constitución.  Así de simple, así de claro.

En una columna anterior me referí a la escopeta de ambrosio. Conté que Ambrosio tenía una escopeta que no disparaba, por lo que, en su pueblo, cuando algo no servía o no era funcional, se decía la frase que muchos han oído y repetido: es lo mismo que la carabina de Ambrosio.

Lo triste y grave es que esta frase se pueda aplicar a nuestra Constitución en los momentos actuales, cuando se viola o incumplen sus mandatos y la falta de institucionalidad provoca que no haya nadie que la defienda.  Los presidentes de los tres poderes del Estado juraron en su momento defender la Constitución, pero en la práctica, son los primeros en propiciar su violación continuada.

Muchos sabemos lo que sucede con la Corte Suprema de Justicia (CSJ), sin que la CC haga su trabajo para que se restablezca el orden constitucional y se proceda a la elección de magistrados.  Han pasado más de tres años con esta violación constitucional que terminó con la independencia del sistema judicial.

Ahora se trata de violar el artículo 35.  La interpretación del MP es que algunos periodistas hemos señalado a jueces para obstruir la justicia.  Nada más descabellado.  No lo digo yo, lo dice la Constitución.  Veamos que dice:

“Es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho constitucional no podrá ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna”. Clarito y contundente este párrafo.  Si se restringe el derecho, se viola la Constitución.  Pero hay más. Dice también: (…) “No constituyen delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos. Los funcionarios y empleados públicos podrán exigir que un tribunal de honor, integrado en la forma que determine la ley, declare que la publicación que los afecta se basa en hechos inexactos o que los cargos que se les hacen son infundados. }

Es decir, hay permiso constitucional para criticar a jueces, magistrados, fiscales, ministros, diputados, presidente, vicepresidente y demás funcionarios públicos. No existe una figura de conspirar para obstruir la justicia por medio de la libre emisión del pensamiento.

¿Será que hay fiscales e incluso jueces que desconocen la Constitución y por eso la tratan como la carabina de Ambrosio?

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