Por mayoría, los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) otorgaron un amparo al procurador de los Derechos Humanos (PDH), Jordán Rodas, quien accionó en contra de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras haber dado trámite a dos antejuicios presentados por los magistrados constitucionales Gloria Porras y Francisco de Mata Vela.
La resolución, que se fundamenta en el artículo 167 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, indica que “los magistrados de la Corte de Constitucionalidad ejercerán sus funciones independientemente del órgano o entidad que los designó y no podrán ser perseguidos por las opiniones expresadas en el ejercicio de su cargo a través de sus resoluciones”.
Además, la máxima Corte del país se ampara en el artículo 208 de la Constitución Política de la República, en el cual se establece que la CC “es un tribunal permanente de jurisdicción privativa, cuya función esencial es la defensa del orden constitucional; actúa como tribunal colegiado con independencia de los demás organismos del Estado y ejerce funciones específicas que le asigna la Constitución y la ley de la materia”.
Con esta resolución, queda en suspenso las diligencias en el Congreso de la República, que buscaba conocer las dos solicitudes de antejuicio y conformar una comisión pesquisidora.