Ante el incremento de casos de COVID-19 en el país, Salud informa medidas restrictivas

En conferencia de prensa, las autoridades del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) dieron a conocer el implemento de nuevas medidas ante las cifras alarmantes de contagios en todo el territorio nacional.

De acuerdo con esa cartera, en las últimas semanas se han registrado un aumento en la mortalidad e adultos de entre los 30 y 39 años.

Virginia Herzing, coordinadora de la Unidad de Gestión de Riesgo, señaló que las nuevas disposiciones son “obligatorias” para la contención y prevención.

 «Para que una pandemia se pueda controlar es importante la medida reactiva, sino que también las medidas de prevención que busquen evitar al máximo el contagio», indicó Herzing.

Por aparte, la titular de Salud, Amelia Flores, indicó que a raíz de las variantes y relajamiento de medidas de prevención, Guatemala reporta mayor transmisibilidad.

Debido a las variantes reportadas en Guatemala hay un aumento en la transmisión. Hay mayor número de contagios en niños que ya están requiriendo hospitalización«, dijo Flores.

Ante ello, el Ministerio de Salud presentó las siguientes restricciones que entrarán en vigencia a partir de las 00:00 horas de este sábado 03 de julio:

-El transporte público, colectivo, urbano y extraurbano, así como el transporte turístico que a la fecha cuanta con autorización de circulación, deberá de movilizarse únicamente con el 50 por ciento del aforo. Esto aplica para los niveles de alerta sanitaria roja, naranja y amarillo.

-Los mercados municipales, cantonales, satelitales, los supermercados, tiendas de conveniencia y tiendas de barrios que se localicen en municipios en alerta sanitaria roja, tendrán permitido el aforo del 25 por ciento de ocupación, pudiendo desarrollar sus actividades hasta las 19:00 horas. Los que se localicen en municipios en alerta naranja y amarrilla, tendrán permitido el aforo del 50 por ciento de su ocupación, pudiendo desarrollar sus actividades hasta las 20:00 horas.

-Los centros comerciales, plazas comerciales y similares, que se localicen en municipios en alerta sanitaria roja tendrán permitido el aforo del 25 por ciento de su ocupación, pudiendo desarrollar sus actividades hasta las 19:00 horas.

-Las áreas comunes como los juegos infantiles y área de espectáculos permanecerá cerrados, los alimentos que se ofrecen en los fodocourt podrán seguir prestando únicamente por procedimientos “para llevar” en los horarios aquí establecidos. Los que se localicen en municipios en alerta sanitaria naranja y amarilla, tendrán permitido el aforo del 50 por ciento de su ocupación, pudiendo desarrollar sus actividades hasta las 20 horas.

-Los parques nacionales y sitios arqueológicos que se localicen en municipios en alerta roja tendrán permitido un aforo de no más de 75 personas, los que se encuentran en municipios en alerta naranja, permitido un aforo de 100 personas y los que se encuentren en municipios en alerta amarilla, 150 personas.

-Los parques púbicos, municipales y deportivos que se encuentren ubicados en municipios en alerta roja, tendrán permitido un aforo del 25 por ciento de su capacidad, garantizando al menos 4 metros cuadrados por persona, pudiendo permanecer abiertos hasta las 17:00 horas. Los que se localicen en municipios en alerta naranja y amarilla, permitido aforo del 50 por ciento de su capacidad garantizando al menos 4m2 por persona pudiendo permanecer abierto hasta las 18:00 horas.

Bares y restaurantes

De acuerdo con el Ministerio de Salud, los bares y coentros de diversión nocturna que se localiecen en municipios en alerta roja tendrán  permitido un aforo del 25 por ciento de su capacidad con grupos de 5 personas máximo por mesa pudiendo desarrollar sus actividades hasta las 19:00 horas. Los que se encuentren en lugares con alerta naranja podrán tener un aforo del 50 por ciento, con un horario de venta hasta las 20:00 horas, mientras los que se ubiquen en municipios con alerta amarilla, podrán tener un aforo del 50 por ciento, y un horario de venta hasta las 21:00 horas.

-Los templos religiosos que se ubiquen en alerta sanitaria roja deberán tener un aforo del 25 por ciento, con un horario de hasta las 19:00 horas, en alerta naranja con un aforo del 25 por ciento y con actividades hasta la 20 horas, mientas que los que se ubiquen en municipios con alerta amarilla con un aforo del 50 por ciento y sus horarios serán hasta las 21 horas.

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