Sandoval: Moto no gozaba de inmunidad cuando se solicitó la orden de captura

El titular de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), Juan Francisco Sandoval, durante una entrevista radial, explicó cuál es la situación judicial del abogado Mynor Moto Morataya, a quien se le giró una orden de captura en su contra por el caso Comisiones Paralelas 2020.

De acuerdo Sandoval, esa unidad de investigación cuenta con documentos del Juzgado Tercero Penal, judicatura a cargo de Moto, del Consejo de la Carrera Judicial y de la Corte de Constitucionalidad (CC) que confirmaban que era el momento preciso para hacer los actos de persecución penal.

Abogado Mynor Moto

Para el titular de la FECI, el artículo 31 de la Ley de la Carrera Judicial habla sobre la excedencia, la cual explica cómo los jueces, en forma voluntaria, piden dejar de ejercer la función jurisdiccional.

Es una situación que tiene lugar cuando un miembro de la Carrera Judicial, sin renunciar a ser juez, pide autorización para dejar de prestar servicio activo en el Organismo Judicial y se desvincula de esta entidad”, manifestó.

Sandoval, además, explicó que para optar al cargo de magistrado titular de la Corte de Constitucionalidad, Moto debía pasar por tres procesos: la elección, juramentación y toma de posesión.

Aunque se dieron los dos primeros, no tomó posesión en la Corte, tal como lo manifestó el secretario de ese alto organismo en comunicación dirigida a la FECI”, dijo el experto.

Sandoval añadió que a esto se suma que entre los documentos otorgados por la Carrera Judicial, “se observó que el propio Moto, dirigió el 27 de enero un reporte al Consejo de la Carrera Judicial indicando que no había tomado posesión como magistrado”.

En ese contexto se tiene la claridad de que en el momento en que fue requerida la orden de detención, Moto no gozaba de inmunidad”, puntualizó el titular de la FECI.

Dejó de ejercer la función jurisdiccional por voluntad propia, no tenía inmunidad como juez y no había asumido como magistrado, por ende tampoco gozaba de esa inmunidad”, reiteró.

Por último, Sandoval habló del artículo 156 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, en el cual se define cierta situación sobre los magistrados de la CC.

“Este artículo establece que los magistrados electos por el Colegio de Abogados y Consejo Superior Universitario no  pueden tomar posesión hasta cuando sean resueltas las impugnaciones pendientes”, dijo.

Orden de captura

A solicitud de la FECI, el Juzgado de Mayor Riesgo “D” giró una orden de captura en contra de Mynor Moto por el delito de conspiración para la obstrucción de justicia.

Según con la fiscalía, Moto se reunió con Juan Carlos Borrayo Carbajal, abogado defensor de Gustavo Alejos. El encuentro ocurrió, según lo documentó el Ministerio Público, un día antes de hacer público su postulación como magistrado de la CC.

También se documentaron reuniones con Douglas Herrera, hermano de Dennis Herrera Arita, quien fungió como comisionado en la Comisión de Postulación y con el juez Geisler Smaille Pérez Domínguez, aspirante a magistrado de Sala de Apelaciones y con solicitud de antejuicio presentada.

La FECI explicó que el juez Mynor Moto pretendía asumir el control del caso Comisiones Paralelas 2020 de manera “arbitraria”. Lo hace a petición de Dennis Billy Herrera Arita, de quien se documentó mantenía comunicación a través de chats con Alejos, principal sindicado en ese caso.

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