El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social actualizó el sistema de alertas de Covid-19, permitiendo el desarrollo de actividades en cines, bares, conciertos, ferias, entre otros. Bajo las regulaciones que marca el semáforo epidemiológico.
Las nuevas medidas, que empezarán a regir desde el próximo 1 de octubre, se dieron a conocer a través del Acuerdo Ministerial 229-2020, el cual fue publicado este martes en el Diario Oficial.
Otras actividades que también estarán permitidas serán la hotelería, parques públicos, gimnasios y teatros, siempre y cuando el uso de la mascarilla sea obligatoria, respetando el distanciamiento social y el uso de gel en las manos.
De acuerdo con el documento, todos los guatemaltecos deberán cumplir con las normas sanitarias individuales para evitar el contagio y transmisión del virus SARS-COV-2 independientemente de haber padecido o no la enfermedad.
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Actividades y sus medidas
.Entre las medidas publicadas en el Acuerdo Ministerial está que los hoteles en rojo solo serán permitidos los eventos con aforo de 10 metros cuadrados por persona, las mesas no podrán agrupar a más de 10 personas y se limita la asistencia a personas mayores de 60 años.
-En relación a bares, la cartera de Salud establece que sólo se permitirá la asistencia de 10 personas por metro cuadrado, con ventilación natural y las mesas no deberán exceder a 5 personas.
-Los parques públicos podrán abrir para actividades recreativas o deportivas con grupos no mayor de 10 personas.
-Los gimnasios deberán funcionar con un mínimo de clientes. No se permiten las clases o actividades grupales.
-Tanto los cines como los teatros tendrán un aforo de 10 personas por metro cuadrado, eliminando las aglomeraciones. Se prohíbe la venta en taquilla, la venta de entradas se deberá realizar en línea.
-Por último, en relación a ferias y conciertos el aforo deberá ser reducido y limitado a 100 personas como máximo, en un espacio abierto.