Padres de familia podrán continuar adquiriendo alimentos para alumnos, según Mineduc

El Ministerio de Educación (Mineduc), a través del acuerdo ministerial 1522-2021, publicado este lunes en el Diario Oficial, extendió el permiso a las Organizaciones de Padres de Familia (OPF) para que continúen utilizando recursos de la cartera para la adquisición y entrega de alimentos sin preparación, incluyendo productos provenientes de la agricultura familiar.

Tomando en cuenta que el decreto 16-2017 del Congreso de la República asignó al Mineduc como rector del Programa de Alimentación Escolar, la cartera determinó la necesidad de entregar la alimentación escolar a todos los estudiantes de centros educativos durante este ciclo escolar

Según el documento, “derivado de la situación que atraviesa el país resultante de los contagios por la enfermedad COVID-19, es necesario emitir la disposición legal que garantice la continuidad de la distribución y entrega de la alimentación escolar a los estudiantes durante las clases presenciales, a distancia o durante la aplicación del modelo híbrido”.

Además, se reconoce que la alimentación escolar es un Derecho Humano -establecido en el decreto 16-2017-, por tanto, el Ministerio de Educación avaló perpetuar el suministro de comida a estudiantes con la asistencia de las Organizaciones de Padres de Familia (OPF).

Las Direcciones Departamentales de Educación continuarán adquiriendo y entregando los alimentos sin preparación en los centros educativos públicos que carezcan de Organización de Padres de Familia (OPF)”, indicó la reguladora de educación.

Asimismo, indica que los productos distribuidos podrán provenir de la agricultura familiar y deberán ser regulados por la Ley de Alimentación Escolar y su reglamento, para garantizar que contribuyan efectivamente a la nutrición de los menores. Por otro lado, el mecanismo de repartición y el uso de equipo humano será manejado conforme a las órdenes del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS), pues indicó el Ministerio de Educación que será importante la toma de decisiones en la distribución de alimentos con base en el tablero de alertas del MSPAS, ya que esta regulación permitirá “la asignación del nivel de riesgo por localidad”.

Tanto para centros con OPF como los carentes de ellas deberán cumplir con los mecanismos, estrategias y rutas que aseguren el cumplimiento de las medidas de bioseguridad necesarias, mismas que deben continuar vigentes según el sistema de Alertas Sanitarias.

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