El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) reformó el artículo 8 del Acuerdo Ministerial 172-2020, el cual trata sobre el Análisis post-comercialización de Medicamentos esenciales.
Este Acuerdo fue creado para regular las disposiciones administrativas que permiten gestionar los trámites de registro sanitario e inscripción de licencia sanitaria para fármacos y componentes afines durante la pandemia de COVID-19.
Anteriormente el Artículo 8 de dicho documente detallaba los medicamentos que eran considerados como esenciales según la Organización Panamericana de la Salud (OPS), sin embargo, en esta modificación describen cada uno de ellos.
Por lo tanto, esta reforma amplía la disposición a todos los medicamentos que ayuden a combatir el nuevo coronavirus.
“Se consideran medicamentos esenciales todos aquellos que se encuentren comprendidos dentro de los protocolos para la atención de pacientes de COVID-19 en los tres niveles de atención en salud”, detalla el documento.
La cartera de Salud, aseguró que el la reforma comenzará a regir a partir de este día y fue autorizado por la Ministra María Amelia Flores González y la Viceministra, Norma Lucrecia Ramírez.