Por medio del Acuerdo Ministerial 13-2021, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) revirtió las restricciones en los horarios que había impuesto a restaurante, bares, centros de diversión nocturna y otros establecimientos de similar naturaleza.
De acuerdo con esa Cartera, la nueva normativa modifica el inciso “k” del Acuerdo 08-2021, publicado el pasado 26 del presente mes.
«Los bares, centros de diversión nocturna y otros establecimientos de similar naturaleza, podrán funcionar hasta las 21:00 horas, respetando el aforo y medidas de bioseguridad de conformidad con las disposiciones establecidas en el Sistema de Alertas Sanitarias para la Atención del Covid-19″, se lee en el documento.
Además, la modificación aclara que los restaurantes continuarán funcionando en sus horarios regulares respetando la ley seca establecida.
Sin embargo, el acuerdo no modifica la limitación en el horario a centros comerciales y supermercados. Estos establecimientos deberán cerrar sus puertas a partir de las 19:00 horas.
Restaurantes reportan pérdidas
El presidente de la Gremial de Restaurantes de Guatemala, Abraham Az, explicó a medios de comunicación que la limitación en el horario podría generar pérdidas en el sector del 40 por ciento “ya que muchos de los clientes utiliza el horario nocturno para salir a comer”, dijo.
El empresario señaló que aplicar una limitación a los restaurantes envía un mensaje de que estos son puntos de contagio cuando esto no es así ya que los establecimientos aplican medidas de bioseguridad que garantizan la salud de sus comensales.