A través del Acuerdo 117-2020, publicado este jueves en el Diario Oficial, el Ministerio de Energía y Minias (MEM) estableció un horario para las gasolineras durante el Estado de Calamidad.
Según con el documento, las gasolineras pondrán laborar entre las 04:00 de la mañana hasta las 05:00 de la tarde. Asimismo, los centros de servicio podrán trabajar durante el toque de queda, cual da inicio a las seis de la tarde y finaliza a las cuatro de la mañana, con el objetivo de continuar con el abastecimiento.
“Las empresas quedan obligadas a entregar credenciales o cartas de identificación a sus trabajadores, contratistas y proveedores para que ellos se puedan identificar ante las autoridades gubernamentales y no tengan problemas legales por movilizarse durante el toque de queda”, indica el Acuerdo, el cual entra en vigencia este mismo jueves.