Los 5 pecados capitales del Ministerio Público… que se repiten

  • El Ministerio Público se encuentra bajo permanente observación de organismos internacionales y la opinión pública nacional.  Las críticas son de diversa índole, pero es mejor escuchar una voz neutral.  Y esto es lo que dice un demoledor informe.

La Universidad de Stanford (EEUU) y el Centro de investigación judicial Cyrus Vance, dos organismos independientes, llevaron a cabo un estudio, basados en informes de organismos internacionales, para llegar a la conclusión de que el Ministerio Público (MP) de Guatemala, actúa por encima de la ley y comete graves ilegalidades y anomalías.

El informe de ambas instituciones recuerda que el MP es la principal entidad encargada de garantizar el cumplimiento de la ley en una democracia y debe desempeñar un papel crucial en la protección del Estado de Derecho y considera que, como se ha documentado ampliamente, las denuncias sobre la mala conducta del MP han sido tan ampliamente detalladas que no pueden ser ignoradas.

La negación del MP

El informe Por encima de la Ley destaca que la fiscal general Consuelo Porras ha negado a misiones internacionales que visitaron el país, cualquier existencia de una práctica de criminalización, argumentando que tiene el mandato legal de investigar todas las denuncias que reciba, sin distinción de la persona denunciada, su cargo o profesión y sostiene que el MP aplica objetivamente la Constitución y las leyes guatemaltecas.

En la práctica es muy diferente, pues la fiscalía no investiga las cientos de denuncias que hay sobre corrupción en el gobierno anterior, y se limita a los casos de su interés, entre los que destacan el de José Rubén Zamora y varios periodistas, los dedecenas de ex operadores de justicia (exjueces y exfiscales) que han sido encarcelados o salieron al exilio, así como los de funcionarios del actual gobierno de Bernardo Arévalo y el caso relacionado con el fraude electoral inexistente, en el que se quiere implicar a los magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE), entre otros.

La trilogía que funciona: consuelo Porras, el fiscal Rafael Curruchiche y el juez Fredy Orellana. ¿Casualidad que los casos paradigmáticos vayan a ese juzgado?

Fuentes del MP tampoco dan respuesta cuando se pregunta por la falta de investigación a los casos de corrupción durante la administración de Alejandro Giammattei, o cuando se pide explicación por los numerosos exfuncionarios acusados de corrupción que han ido recuperando su libertad uno a uno, con sanciones más bien leves.

Quienes opinan sobre el MP

El seguimiento a las acciones del MP no lo han realizado unos cuantos organismos internacionales, como lo describe el informe en cuestión.  De hecho, esta es la lista: La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Organización de Estados Americanos (OEA), las Naciones Unidas, la Unión Europea, y los gobiernos de Albania, Alemania, Armenia, Bosnia y Herzegovina, Canadá, Estados Unidos, Francia, Georgia, Islandia, Liechtenstein, Macedonia del Norte, República de Moldova, Serbia, Suiza, Suecia y Ucrania.

El informe recopila lo que todos estos organismo y países han expresado y conocido en su momento.  De hecho, la fiscal general Porras ha sido sancionada por cerca de 30 países, con algunos calificativos como los que le impuso Estados Unidos: “corrupta y antidemocrática”, lo mismo que a fiscales y jueces de su círculo más cercano.

Los5 pecados capitales

Aunque el informe no los llama de esta manera, del mismo se pueden desprender los hechos más relevantes que demuestran la forma en que viene trabajando el MP en Guatemala desde la administración de Giammattei, y que no han variado desde entonces, tomando en cuenta que se mantiene una permanente confrontación con el gobierno de Arévalo, quien tuvo que denunciar internacionalmente la intención de la fiscalía de promover un golpe de Estado para impedir su llegada a la presidencia de la República.

Este es el resumen de los pecados, que el informe llama patrones, los cuáles dejan al desnudo que el MP se coloca por encima de la ley y no cumple con su mandato constitucional:

1: Acumulación de denuncias: El primero de estos patrones es la presentación de un gran número de denuncias contra una misma persona, en muchos casos “por los mismos hechos”, con el claro propósito de dificultar su defensa legal. Por ejemplo, la CIDH fue informada de que algunos operadores de justicia enfrentaban entre 30 y 100 causas penales por el ejercicio de sus funciones.

2: Denuncias anónimas o infundadas: Un segundo elemento identificado por la CIDH es la presentación de denuncias anónimas o infundadas, con el fin de generar un clima de presión, hostigamiento e intimidación.

3: Imputar delitos que no corresponden: El Ministerio Público tiende a imputar delitos que no se corresponden con los hechos denunciados. Por ejemplo, personas que no son funcionarios públicos son investigadas por delitos que solo son aplicables a funcionarios públicos, o jueces y abogados son procesados únicamente por el contenido de sus sentencias o por ejercer su labor como defensores.

4: Abuso en aplicación de medidas cautelares: Se han detectado abusos en la aplicación de medidas cautelares, como la prisión preventiva. A través de la imputación de delitos graves que no permiten medidas alternativas, o artimañas para impedir que los procesados reciban medidas sustitutivas como corresponde.

5: Irrespeto al debido proceso.  En múltiples ocasiones se ha incurrido en violaciones al derecho al debido proceso y al derecho de defensa mediante el uso de prácticas dilatorias en los procesos penales o negando el acceso a expedientes e información relacionada con los casos en los que se investiga a una persona. Además, el Ministerio Público ha obstruido la producción de pruebas exculpatorias y ha ejercido presión sobre el imputado para que acepte los cargos a través de la figura de aceptación de cargos, ante la inminente pérdida de su libertad.

Conclusión

El MP recurre a estos pecados o patrones para intimidar, acosar y perseguir a quienes están dispuestos a enfrentar la corrupción y luchar contra la impunidad.  El problema es que, al asumir ese rol la fiscalía, se impide una lucha frontal anticorrupción y, de hecho, se hace evidente que no se persigue a los responsables de este tipo de delitos, sino que incluso se les beneficia, como ha sucedido con casi todos los exfuncionarios que estuvieron en prisión y ahora gozan de libertad y sus casos se diluyen ante los tribunales por los propios fiscales del MP.


Para muestra… un botón: el caso de José Rubén Zamora

En el caso del periodista José Rubén Zamora, se pueden encontrar todos los patrones o pecados capitales del MP.  Zamora recibió libertad condicional por parte de dos tribunales independientes, que consideraron que podía seguir sus procesos judiciales gozando de medidas sustitutivas.

1: presentaron múltiples casos: el MP le imputó inicialmente un caso por lavado de dinero y otros delitos, luego agregó otro por obstrucción a la justicia, intenta montar un tercero por falsedad ideológica, e intenta presentar varios casos más.  Se sabe que al menos trabaja en siete.

(Entrevista a Prensa Comunitaria)

2: Denuncias infundadas: todas las causas que se han abierto y se pretenden abrir en el futuro en su contra, son infundadas, sin pruebas y basadas en personajes que fueron señalados por corrupción en el desaparecido diario elPeriódico.

3: Abogados procesados.  En el único juicio al que ha sido sometido, sus diferentes cuerpos de abogados defensores fueron acusados por el MP y obligados a abandonar el caso.

4: Abuso medidas cautelares.  Se le retuvo en prisión por más de 800 días sin justificación legal, como bien señalaron los juzgadores que le dieron medidas sustitutivas.

5: Sin pruebas exculpatorias.  No se le permitió presentar pruebas de descargo en el primer juicio.  El irrespeto al debido proceso fue abrumador, como lo reconoció la Sala de Apelaciones, que obligó la repetición del juicio.


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