Las 5 razones por la que Moto no puede ser magistrado de la CC (Video de repudio)

Maynor Motto insiste en asumir como magistrado de la Corte de Constitucionalidad, a pesar de ilegalidades

El oficialismo ha aprovechado el ambienta nacional en medio de la pandemia –que causa confusión e incertidumbre–, para intentar llevar al exjuez Mynor Moto como magistrado de la Corte de Constitucionalidad (CC). Aunque se mueven rápido, hay muchas razones que confirman que este abogado no debe asumir el cargo, en representación del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG), ni podrá actuar hasta que se hayan resuelto todas las acciones legales interpuestas.

A continuación presentamos las 5 razones que muestran el por qué no se le debe dar posesión del cargo:

1.- La ley se ha violentado

En primer lugar, porque en el proceso de elección, designación y juramentación del Licenciado Mynor Moto como Magistrado titular a la Corte de Constitucionalidad se ha violentado la ley una y otra vez.

Este video, que circula en redes sociales, muestra rechazo a Moto en las afueras de la CC, cuando vanamente intentó asumir el cargo.

Entre las violaciones, se pueden mencionar las siguientes: a) deficiencias en la convocatoria del CANG; b) no se cumplió con verificar la idoneidad, honorabilidad y honradez, que marca la ley; c) No acreditó su experiencia como abogado profesional, que no es lo mismo que como juez; la Sala Primera de Apelaciones, le concedió un amparo provisional que sirvió para su juramentación, lo cual era improcedente, por haber impugnaciones pendientes de resolver.

El Congreso no podía juramentar a Moto como Magistrado de la CC hasta que se hayan resuelto en definitiva todas las impugnaciones y el CANG no debió nunca certificar, ni el Congreso juramentar.

2.- Impugnaciones pendientes

Hasta ahora se han presentado más de 13 impugnaciones en contra, porque los plazos aún lo permiten: hay por lo menos 7 apelaciones contra la designación de Moto que deben resolver la Asamblea de Presidentes de los Colegios Profesionales y por lo menos 6 amparos contra diversas autoridades que permitieron que se llevara adelante procesos ilegales. Todas las acciones legales presentadas buscan corregir el proceso y que éste se lleve a cabo dentro del marco de la ley.

Moto ni siquiera debió ser inscrito en el proceso que llevó a cabo el CANG.

Hay una violación del artículo 156 de la Ley de Amparo por parte de la Sala Primera de la Corte de Apelaciones y del Congreso de la República, ya que todas las posibles impugnaciones presentadas ante la designación de Magistrados deberán resolverse hasta que las mismas estén firmes y no sean susceptibles de ser también impugnadas.

3.- Certificación anticipada

Por todo lo anterior, ni una Sala de la Corte de Apelaciones podía ordenar a la Junta Directiva del CANG a certificar la designación de Moto como magistrado titular a la Corte de Constitucionalidad, ni el Congreso de la República podía entonces juramentarlo; tampoco la CC puede darle posesión hasta que no se hayan resuelto en definitiva todas las impugnaciones, conforme

La certificación anticipada que emitió la JD del CANG es, entonces ilegal y no debió darse, porque facilitó que la cadena de ilegalidades se prolongara.

4.- El congreso no se apegó a legalidad

A pesar de todas las ilegalidad, anomalías y manipulación que se hizo evidente en todo el proceso de elección del exjuez Moto –porque ya renunció–, el Congreso de la República no espero a que se resolvieran las impugnaciones y corrió la tarde-noche del pasado martes para su juramentación.

Los memes en las redes sociales apuntan al Congreso, Moto, Allan Rodríguez y el oficialismo en general. Este es un ejemplo.

La mayoría de diputados, desconocedores de los procesos judiciales, se limitaron a votar como pidió el presidente del Organismo Legislativo, Allan Rodríguez, quien constantemente recibía instrucciones por la vía teléfonica.

El resultado fue una atropellada votación, en la que solamente las bancadas aliadas al oficialismo y parcialmente la UNE, estuvieron de acuerdo con tomarle juramento al cuestionado abogado.

5.- La CC no tiene que darle posesión

Ante la larga lista de ilegalidades, la Corte de Constitucionalidad, todavía no controlada del todo por el oficialismo, no tiene obligación de darle posesión del cargo de magistrado titular a Moto, quien se ha presentado en al menos dos ocasiones para demandar su lugar en la más alta sala jurisdiccional del país.

Se sabe que los magistrados Roberto Molina Barreto y Dina Ochoa, tratan de obtener un tercer voto favorable para poder negar los amparos interpuestos y resolver favorablemente a Moto, aunque hasta este viernes no han encontrado al aliado que necesitan entre los magistrados suplentes.

La próxima semana se entrarán a conocer las impugnaciones en la CC. Mientras, aumenta la presión de los grupos pro-justicia y de la comunidad internacional para que se detenga la llegada de Moto y que se repita, en todo caso, el proceso electoral del CANG.

La estrategia oficialista, en cambio, es la de consumar el control de la CC, con los votos de Moto, Barreto y Ochoa, lo que les aseguraría la mayoría necesaria, para que futuras impugnaciones a las acciones que se están tomando para cerrar el círculo de impunidad, controlando las instituciones del sector justicia, no pudieran prosperar, ni detener las acciones del Congreso, la Corte Suprema, el CANG, o bien el Ejecutivo y la USAC.

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