- El Ejecutivo queda mal parado y ahora deberá analizar el camino a seguir. Si Jonathan Menkos decide continuar en la lucha por el cargo, debe renunciar al Congreso y esperar que su renuncia sea aceptada.
- El amparo provisional aparta al funcionario y deja sin efecto sus actuaciones desde que tomó posesión. José Alfredo Blanco deberá asumir interinamente.
- Estados Unidos advirte contra la politización del banco central.
Redacción Crónica
La Corte de Constitucionalidad —CC— suspendió este jueves 8 de octubre el nombramiento de Jonathan Menkos Zeissig como presidente del Banco de Guatemala —Banguat— y de la Junta Monetaria, al otorgar un amparo provisional en las acciones promovidas por el Cacif y el diputado Allan Rodríguez. La decisión interrumpe la gestión que el exministro de Finanzas comenzó el 1 de octubre y obliga a cumplir las medidas ordenadas una vez notificada la resolución.
La precisión jurídica es importante: se trata de una suspensión provisional, no de una sentencia definitiva sobre los amparos. El nombramiento, la toma de posesión y el ejercicio del cargo quedan suspendidos mientras se resuelve el fondo de la controversia. La Corte también dispuso dejar sin efecto las actuaciones realizadas por Menkos desde que asumió, incluidas las de carácter administrativo, organizacional y laboral.
Tres acciones y una incompatibilidad
Contra la designación se presentaron tres amparos. El Cacif promovió el expediente 9292-2026; el diputado Allan Estuardo Rodríguez Reyes, el 9267-2026; y los abogados Mauricio Rodbelí García Bautista y Roselín Eunice García Bautista, el 9353-2026. El fallo divulgado este jueves corresponde a los dos primeros: no debe presentarse como una resolución de las tres acciones.
El punto central es la condición de diputado que Menkos mantuvo al llegar al banco central. En enero de 2024 recibió autorización del Congreso para ausentarse de sus funciones legislativas y asumir como ministro de Finanzas. El Ejecutivo defendió que esa licencia seguía vigente porque el funcionario nunca se reincorporó a su curul.
La Corte consideró que la licencia no extinguió su calidad de diputado. La controversia, por tanto, va más allá de cobrar o no dos salarios: se refiere a la incompatibilidad entre conservar esa condición y ejercer la presidencia del Banguat. La Ley Orgánica del banco establece impedimentos para integrar la Junta Monetaria y restricciones específicas para sus máximas autoridades.
Quién debe dirigir ahora el banco central
La sustitución inmediata corresponde a José Alfredo Blanco Valdés, vicepresidente del Banguat y de la Junta Monetaria, ratificado para el período 2026–2030. La resolución dispone que asuma interinamente una vez recibida la notificación, mientras se resuelve el amparo en definitiva. Blanco ocupa la vicepresidencia desde 2018 y tiene una trayectoria de más de dos décadas dentro de la institución.
La ley contempla este mecanismo para evitar que la banca central quede sin conducción: ante una ausencia o impedimento temporal del presidente, lo reemplaza el vicepresidente. Si el impedimento fuera permanente, procede un nuevo nombramiento para completar el período correspondiente.
Otro efecto inmediato alcanza las decisiones adoptadas durante la breve gestión de Menkos. El fallo repercute sobre los cambios anunciados en las cinco gerencias del banco central —General, Financiera, Económica, Administrativa y Jurídica—, cuyas renuncias y nuevos nombramientos fueron conocidos por la Junta Monetaria el 7 de octubre. Las autoridades deberán ejecutar la resolución y precisar sus consecuencias sobre esos actos.
Renunciar a la curul: una posible vía, sin regreso automático
Una eventual renuncia de Menkos al Congreso podría permitirle intentar superar el impedimento relacionado con su condición de diputado. Hasta el cierre de esta nota no se verificó un anuncio oficial de esa renuncia ni de un nuevo nombramiento.
Para abandonar definitivamente la curul, no bastaría con anunciarlo: tendría que presentar su renuncia y el Congreso pronunciarse sobre su aceptación. La Constitución atribuye al Legislativo la facultad de aceptar o no las renuncias de sus integrantes.
Después, un eventual regreso al Banguat requeriría una nueva designación presidencial, jurídicamente distinta del acto suspendido. Esta es una posible ruta, no un resultado garantizado: renunciar no reactivaría el nombramiento anterior ni convalidaría retroactivamente sus actuaciones.
Además, Arévalo tendría que verificar todos los requisitos e impedimentos aplicables. La ley exige reconocida honorabilidad y notoria preparación y competencia económica y financiera. La CC conminó al mandatario a comprobar esas condiciones y la ausencia de incompatibilidades antes de efectuar cualquier nombramiento.
Estados Unidos advierte contra la politización
La Embajada de Estados Unidos se pronunció este mismo jueves, mientras la Corte examinaba el caso. Reconoció al Banco de Guatemala como una institución fundamental para la estabilidad económica y expresó respeto por la autoridad de la CC para decidir de manera independiente, sin presiones externas.
La misión diplomática añadió que Estados Unidos “jamás permanecerá callado ante intentos de politizar el banco central, socavar su independencia o poner en riesgo la estabilidad económica”. El mensaje se produjo también en medio del relevo de las gerencias y elevó la dimensión política de una controversia centrada en la legalidad del nombramiento.
Por ahora, la consecuencia concreta es la salida provisional de Menkos y la conducción interina de Blanco. El futuro del exministro dependerá de lo que resuelva la Corte y de las decisiones formales que adopten él, el Congreso y el presidente Arévalo.