El Gobierno de Guatemala informó este jueves 24 de junio que con el objetivo de regular los aspectos relacionados a la exención de responsabilidad y crear un mecanismo de compensación en caso de efectos adversos secundarios, asociados a la aplicación de la vacuna contra el covid-19, y que permita avanzar en la compra de estas, se presentó una iniciativa de ley al Congreso de la República.
La iniciativa que lleva por nombre: “Ley de Exención de Responsabilidad y de Creación del Mecanismo de Compensación por el uso de Vacunas contra la Covid-19 que posean autorización de uso de emergencia por la Pandemia del virus SARS-CoV-2, responde a que los distintos fabricantes de vacunas imponen una serie de requisitos para poder concretar la venta de estas; además solicitan que se les exima de responsabilidad civil por reacciones adversas serias atribuibles.
Entre otros aspectos solicitan que se designe una autoridad o dependencia pública encargada de analizar, investigar y dictaminar dichas reacciones; así́ como que se establezca un régimen de compensación.
“Mediante la propuesta de ley, se crea el mecanismo que tendrá por objeto compensar a las personas afectadas por los posibles efectos adversos graves que pudieran ocurrir. Esta compensación no será aplicable en los casos en que el evento sea resultado de la conducta fraudulenta intencional de la persona afectada”, señalan las autoridades.
El Gobierno añade que para los efectos de la verificación de las reacciones adversas serias que pudieran ser atribuidas a la vacunación, el encargado del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) el Comité de Evaluación de Reacciones Adversas Serias a las Vacunas.
“Este comité sería el encargado de realizar la investigación respectiva, y emitir el dictamen correspondiente en el que se establezca, en cada caso en concreto, si las reacciones analizadas pueden ser atribuibles o no a la vacuna contra la Covid-19, con el objeto de establecer si tales circunstancias deben ser compensadas a través del mecanismo de compensación o no aplica”, afirman.
El fin de hacer este análisis es profundizar en las circunstancias adversas y saber si estas deben o no ser indemnizadas.
“Esta compensación no será aplicable en los casos en que el evento sea resultado de la conducta fraudulenta intencional de la persona afectada”, destacó el Gobierno.
Finalmente, dio a conocer que hasta la fecha ninguna de las personas que han sido vacunadas han sufrido efectos secundarios graves o fuera de lo normal.