ENFOQUE: La “Celestial” dispara órdenes… ¿constitucionales?


La pobreza y falta de independencia del sistema de justicia queda al desnudo, cuando las instituciones encargadas de velar por el cumplimiento de la ley incumplen o se exceden en sus atribuciones».

Gonzalo Marroquín Godoy

Algunos por ingenuidad o exceso de esperanza pensaron que la pasada elección de magistrados del Organismo Judicial (OJ) era el primer paso en un escabroso camino para recuperar la independencia judicial, pero pronto han visto que no hay motivos para ser optimistas, pues el proceso estuvo hábilmente viciado por las fuerzas oscuras que han cooptado la justicia en el país.

A diferencia de la integración de las dos anteriores CSJ, la actual fue promovida, no por una exclusiva fuerza operadora, sino por diversas corrientes de intereses diversos, lo que se ha traducido en lo que parece sean dos bloques no tan afines y de ello deviene la incapacidad para unificar criterios y encontrar consenso para elegir presidente.  No es otra cosa que desconfianza entre ellos mismos.

Pero la respuesta de la “Celestial” CC ha ido de lo adecuado a lo descabellado.  Fue atinado y oportuno cuando obligó a que los magistrados tuvieran que reunirse en sesión permanente hasta elegir presidente y cumplir con el mandato constitucional, pero la segunda resolución, dando un plazo de cinco días para hacerlo, bajo la amenaza de ser destituidos de sus cargos, luce como exabrupto prepotente de un organismo frente a otro, pues no hay ley que obligue a que tengan que ponerse de acuerdo por quién votar.

Ya antes había tenido una resolución igualmente descabellada cuando “ordenó” al Ejecutivo que atendiera la red vial por amparo interpuesto por un diputado.  Con estas resoluciones, pareciera que lo de “Celestial” se ha subido a la cabeza de los magistrados –a quienes les encanta que les digan “honorables”–, y creen que pueden disparar órdenes por aquí y por allá, dirigiendo el destino de los poderes del Estado.

La CC está llamada a ser contrapeso dentro del sistema republicano guatemalteco, pero jamás a ser la que dicte las políticas y pueda extralimitarse en lo que le ordena la Constitución.

Para una mejor explicación de lo que digo y, para mostrar lo descabellado de estas resoluciones, veamos.  En el caso de la elección de presidente de la CSJ hay ciertas consideraciones.  La propia Constitución y leyes particulares, establecen claramente que, ante la ausencia del presidente, debe ser el vocal primero quien cumpla con las funciones correspondientes. 

Eso quiere decir que está contemplado que el OJ pueda operar sin un presidente electo.  Claro, lo ideal es que se haga, pero ahora queda la gran duda en el aire: Puede la CC destituir, sin antejuicio, a los magistrados de la “Suprema”.  Se puede obligar a los magistrados a votar por alguien si no están de acuerdo.  El derecho y las leyes se basan en la lógica, misma que parece hacer mucha falta a los magistrados de la CC.

En el caso de la orden al Ejecutivo la situación es igual o más grave.  Resulta que, si la CC le puede que ordenar al Ejecutivo qué hacer y cuándo, la gran pregunta sería: ¿Por qué no le ordena terminar con la pobreza… o con la inseguridad… o con la corrupción?  Todas estas son tareas del Ejecutivo que, me atrevo a asegurar, nunca se han llevado a cabo con eficiencia y a conciencia, pero no por eso la CC es la llamada a dictar los correctivos, porque entonces sería una especie de “súper poder Ejecutivo”

El derecho, claro está, no es solo cuestión de lógica.  Se tienen que involucrar valores, principios de justicia y el contexto social y político.

De acuerdo con las resoluciones que viene “disparando” la CC, se podría pensar en que todos los poderes son inferiores a los de esta corte, cuando en realidad, el artículo 268 de la Constitución establece que su “función esencial es la defensa del orden constitucional” y debe intervenir cuando hay una violación de este tipo. 

Por eso, muchos se refieren a la CC como “Celestial”, porque desde hace algunos mandatos de magistrados, sus actuaciones vienen siendo más políticas y en muchos casos –como los dos en cuestión– se extralimita en sus resoluciones por intereses particulares.

El problema es que no pone orden en el sistema de justicia, ¡que vaya que lo necesita!… pero si termina armando más desmadres de los que el país necesita en estos momentos.  Por ejemplo, niega cualquier amparo contra la Fiscal General, a pesar de que no cumple con sus obligaciones de investigación, más que de forma selectiva, según sus intereses de grupo.

El problema institucional en el sistema de justicia es grave.  El Organismo Judicial está parcialmente cooptado –se salvan los buenos jueces que están rodeados de lobos–, el MP tiene su agenda propia y no rinde cuentas a nadie –¿qué opina de eso la CC?, porque eso SÍ es inconstitucional–, el PDH y la carabina de Ambrosio son mismo, pues no sirven para nada, y el gran contrapeso que debiera funcionar, la CC, está desbocada de nuevo.

Cuando el país más necesita de sus órganos llamados a mantener o crear un orden jurídico constitucional, sale la máxima corte con este tipo de resoluciones que no hacen que el sistema funcione en forma coherente, predecible y justa.  Lo que hay, hoy por hoy, es un sistema incoherente, impredecible e injusto.  Por cierto, que esto no solo lo digo yo, sino lo han expuesto organismos internacionales y centros de estudios  que defienden la legalidad e independencia de la justicia a nivel global.

¿Qué pasará si los magistrados no pueden elegir un presidente para la CSJ? ¿Veremos una confrontación de cortes?… está cerca de suceder.


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