ENFOQUE: Fiscales y juez ignorantes de la Constitución


Ayer fue el Día Mundial de la Libertad de Prensa, una fecha que en Guatemala tiene poco qué celebrar, pues la justicia acosa a la prensa independiente, que vive uno de sus momentos mas oscuros».

Gonzalo Marroquín Godoy

Quiero explicarlo de manera sencilla y clara –ojalá lo logre– para mostrar la ignorancia o increíble mala fe del fiscal Curruchiche, la fiscal Monterroso y el juez Jimmi Bremer, quien ordenó la investigación de nueve columnistas y periodistas de elPeriódico por informar o emitir su opinión libremente, al amparo de la Constitución de la República y la Ley de Emisión del Pensamiento, que tiene carácter constitucional.

La libertad de prensa se protege y garantiza en todos los países democráticos.  En Guatemala, el artículo 35 de la Constitución es sumamente claro sobre el alcance de esta libertad y quisiera compartirle en su parte conducente, porque deja poco a la interpretación.  Ojo, que todos los funcionarios públicos están obligados a respetar la Constitución y no hacerlo constituye delito.

Dice así el artículo 35: Libertad de emisión de pensamientoEs libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho constitucional no podrá ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna. (…)  No constituyen delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos.

Incluso, si alguien se siente afectado, puede acudir a un tribunal especial, contemplado en la Ley de Emisión del Pensamiento.  Así que estamos ante dos hechos violatorios del mandato constitucional.  Los fiscales dicen que es un delito penal lo que han escrito y lo tipifican como obstrucción a la justicia, pero, además, no usan los mecanismos que contemplan la Constitución y la Ley, porque cualquier delito de libertad de expresión, debe ser sometido ante un jurado de conformación especial, sin connotación penal.

Yo soy uno de los que el MP acosa ahora bajo la fantasía de una investigación objetiva, cuando en realidad es una persecución penal ilegal.  Los que cometen delito son ellos, pues hay abuso de autoridad, resoluciones violatorias a la Constitución, y prevaricato, todos delitos contemplados en el Código Penal, vigente en nuestro país, aunque por cierto, no siempre respetado por las propias autoridades.

Estamos pues, frente a una aberración jurídica.  Es increíble que un juez, con grado de doctor en derecho constitucional, dicte una resolución contraria a la propia Carta Magana.  El artículo 423 del Código Penal dice sobre las resoluciones violatorias a la Constitución lo siguiente:

El funcionario o empleado público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a disposiciones expresas la Constitución de la República, o a sabiendas ejecutare las órdenes o resoluciones de esta naturaleza dictadas por otro funcionario, o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere, será sancionado con prisión de uno a dos años y multa de doscientos a dos mil quetzales.

Parece impensable que Curruchiche y compañía –incluido el juez– no conozcan el ordenamiento jurídico y penal del país.  El problema de fondo es que se creen superiores a la ley, simple y sencillamente porque tienen el poder para pasarse por el arco del triunfo, todo el andamiaje legal existente y se inventan los delitos cómo a ellos les parece mejor.  Claro, porque saben que en este momento el sistema de justicia, del que forman parte, está cooptado por el poder político.

Se está imponiendo un régimen de terror, de intimidación, en donde la impunidad es para unos, los amigos, y el castigo para otros, los que se consideran enemigos.

Escribir sobre esto en la forma en que lo estoy haciendo y lo he hecho en el pasado, no es ningún delito.  Curruchiche, el juez o la fiscal, pueden acudir a un tribunal y solicitar que se integre un tribunal de imprenta, como se le llama en la Ley respectiva.  Ese tribunal es el que debe decidir, y si lo que se ha dicho de ellos como funcionarios públicos no es cierto, pueden pedir que se haga una aclaración.  Nada más.  No hay delito penal que perseguir.

Hay que interpretar que la orden de perseguir a la prensa, de acusar a periodistas proviene de la fiscal general, puesto que ella no ha hecho nada para corregir las ilegalidades de sus subalternos, lo que significa que aprueba lo que hacen.  Así que este caso muestra cómo se comporta el sistema de justicia y como todo está atado ente los poderes ocultos que quieren silenciar a la prensa.

¿Saben otra cosa interesante? El Procurador de los Derechos Humanos (PDH), que tiene el mandato constitucional de proteger los derechos constitucionales cuando son violados por las autoridades, tampoco dirá nada, porque es parte de la componenda.  Ciertamente nos persiguen a los periodistas y afectan el derecho a la información de la gente… al menos sirve para que se desenmascaren.

Ojalá haya sido claro y explícito en mi explicación.  Hoy pareciera que solo periodistas, operadores de justicia y defensores de derechos humanos estamos afectados por este sistema corrupto y corruptor, pero la verdad es que, aunque no se sientan para algunos, sus efectos alcanzan a todos los guatemaltecos.

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