La Corte Suprema de Justicia de El Salvador prohibió este miércoles una orden del presidente Nayib Bukele de detener a personas que violen la cuarentena domiciliar obligatoria e internarlos en albergues durante 30 días para contener el nuevo coronavirus.
«El presidente de la República, la Policía Nacional Civil, la Fuerza Armada y cualquier otra autoridad tienen constitucionalmente prohibido privar de libertad en la forma de confinamiento o internamiento sanitario forzoso a las personas», consignó en una resolución la Sala Constitucional de la Corte, la máxima instancia de justicia.
La CSJ salió así al paso del «endurecimiento» de las medidas coercitivas que Bukele anunció el lunes durante una cadena de radio y televisión, en la que llamó a la Policía y ejército detener a las personas y decomisar sus vehículos cuando sin motivo alguno circulen por las calles e incumplan con la cuarentena.
Con la orden de Bukele los operativos se intensificaron y las detenciones de personas aumentaron.
La prohibición a Bukele y las fuerzas de seguridad se mantendrá mientras la Asamblea Legislativa (Congreso) «no emitan una ley formal» en la que se establezcan medidas que se aplicarán a los infractores.
La Corte resalta que la ley de restricción temporal de derechos constitucionales concretos ya aprobada por la Asamblea Legislativa para atender la pandemia COVID-19 «no regula» una medida de «confinamiento o internamiento sanitario forzoso» y tampoco «autoriza» intervenciones sobre bienes o derechos patrimoniales.
En ese sentido, «ninguna autoridad puede por motivo de dicha cuarentena decomisar vehículos de personas, ni ningún otro bien, salvo la aplicación de otras leyes que regulen delitos o infracciones administrativas diferentes», subraya la CSJ.
El Salvador acumula 103 casos confirmados de COVID-19, de los cuales cinco han fallecido y nueve se han recuperado.