La Corte de Constitucionalidad (CC) suspendió en definitiva la resolución del 26 de junio de 2020 que emitió la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en la que daba trámite al antejuicio en contra de los magistrados Gloria Porras, Neftaly Aldana, Francisco de Mata y Bonerge Mejía.
La resolución corresponde a los amparos interpuestos por el procurador de los Derechos Humanos, Jordán Rodas; el presidente de la organización Acción Ciudadana, Edie Cux, y la directora de la Fundación Myrna Mack, Helen Mack.
Por medio de un comunicado, la CC explica que la decisión de la CSJ es “nula de pleno derecho” debido a que el pleno fue conformado en forma arbitraria e ilegal al integrarse con magistrados suplentes, por lo que se incumplió el procedimiento legal de prelación de los magistrados, de acuerdo con la Ley del Organismo Judicial.
Según la notificación, “el órgano conformado en forma viciada emitió una decisión contraria a los precedentes legalmente dictados por la Corte Suprema de Justicia”, señala la CC para referirse a las diligencias de antejuicio en las resoluciones de 2014, 2019 y 2020.
La máxima corte ordenó que, en ocho días, la CSJ emita un nuevo fallo, según “la doctrina legal establecida desde 1995 hasta 2019 y que es de observancia obligatoria”.
“De haberse materializado la orden de la CSJ se habría lesionado la institucionalidad y finalidad de la CC, más allá de la esfera personal de los actuales magistrados, cuya función es la defensa del orden constitucional”, expresa el tribunal. En la sentencia, la CC reiteró que los magistrados de esa Corte no podrán ser perseguidos por las opiniones expresadas en el ejercicio de su cargo.