Por: Enma Reyes
La Corte de Constitucionalidad (CC) dio trámite a dos amparos planteado contra el Congreso de la República por la aprobación de la Ley de Aceptación de Cargos. Las acciones fuero promovidas por la Asociación de Estudiantes Universitarios (AEU) Oliverio Castañeda de León, de la Universidad de San Carlos de Guatemala y por la organización Acción Ciudadana.
Tras este fallo, el máximo ente constitucional indicó que el Legislativo debe remitir los antecedentes del caso o, en su defecto, un informe circunstanciado dentro del perentorio término de cuarenta y ocho horas.
En esa ocasión, el abogado Carlos Bezares, representante de la AEU, aseguró que el impacto que tendría esas reformas sería nefasto para el país, ya que pone en peligro todo el trabajo de los operadores de justicia y solo para beneficiar a ciertas personas que están viviendo procesos penales.
“A favor del crimen organizado”
A través de un comunicado de prensa, la organización Acción Ciudadana dio a conocer su rechazo por la aprobación de la Ley de Aceptación de Cargos.
De acuerdo con el documento, el Congreso legisla a favor del crimen organizado, la corrupción y la portación ilegal de armas. “Los diputados, liberados de la presión social que tuvieron en el 2017, lograron aprobar a sus anchas esta pieza que fortalece la criminalidad e impunidad en nuestro país”, indica el comunicado.
MP analiza ley
En declaraciones a medios de comunicación, la fiscal general del Ministerio Público (MP), Consuelo Porras, afirmó que la institución realiza un análisis acerca de la Ley de Aceptación de Cargos.
De acuerdo con Porras, se está verificando el decreto aprobado, con relación a la propuesta original de reformar el Código Procesal Penal. «Si se desnaturaliza la iniciativa inicial, el MP se va a pronunciar, pero por ahora está en ese proceso de revisión y a la espera de que salga publicada oficialmente», manifestó la funcionaria.
Aprobación
El 12 de noviembre pasado, con 81 votos a favor, los diputados aprobaron el decreto 10-2019, Ley de Aceptación de Cargos. Con dicha modificación al Código Penal se provee un instrumento legal para regular el hecho de que un sospechoso pueda ser declarado culpable de una acción ilegal sin llegar a un tribunal de sentencia o que sea sometido a una audiencia intermedia.