CC aclara que las reformas a la Ley de ONG quedan suspendidas desde su aprobación hasta la entrada en vigencia

A través de un comunicado de prensa, la Corte de Constitucionalidad aclaró que la suspensión de las reformas a la Ley de Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo (Ley de ONG) comprende desde la aprobación del decreto por parte del Congreso de la República hasta la entrada en vigencia de dicha normativa.

La máxima corte en materia constitucional informó este jueves que declaró con lugar la solicitud de aclaración que presentó el Legislativo con relación al amparo provisional otorgado a varias organizaciones que accionaron en contra del 4-2020.

“Conforme a la doctrina general del derecho y ordenamiento jurídico guatemalteco, el proceso legislativo finaliza con la entrada en vigencia de la ley, por lo que, al suspender el acto de aprobación del proyecto de ley, una de las etapas del proceso legislativo, quedan suspendidos de igual manera la sanción, promulgación, publicación en el Diario de Centro América y adquisición de vigencia de dicha ley”, expresa el comunicado.

El presidente Alejandro Giammattei anunció el pasado 04 de marzo que las reformas a la Ley de ONG entrarán en vigencia este viernes, pese a la decisión de la CC de suspender dichos cambios.

“No aplica a la sanción que yo ya hice a la ley”, expresó el mandatario a la salida del V Encuentro Ciudadano realizado por la Fundación Libertad y Desarrollo, en donde participaron líderes políticos, económicos y expresidentes de Latinoamérica.

Giammattei, además, aseguró que los abogados son quienes están discutiendo este extremo, pero que las reformas aprobadas por el Congreso de la República entraran en vigor este 6 de marzo.

CC deja en suspenso reformas a la Ley de ONG

El pasado 2 de marzo, la CC dejó en suspenso la aprobación de las reformas a la Ley de ONG por parte del Congreso de la República tras otorgar un amparo provisional a Acción Ciudadana, Centro Para la acción Legal en Derechos Humanos (CALDH), entre otras organizaciones.

A través de un comunicado, el máximo tribunal constitucional afirmó que “la vigencia de dicho decreto conlleva amenazas de violación a Derechos Humanos por lo que suspende el acto de aprobación del decreto legislativo 4-2020 que reforma la Ley de Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo, así como acto posterior a la misma”.

Además, la CC aseguró que el derecho a la libertad de asociación está reconocido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, en la Declaración sobre los defensores y defensoras de los Derechos Humanos y en el artículo 16 de la Convención de Americana sobre sobre los Derechos Humanos, suscrito por el Estado de Guatemala.

El fallo fue firmado por los cinco magistrados titulares de la CC. Los togados que votaron a favor de la suspensión fueron Bonerge Mejía, Gloria Porras, Francisco de Mata Vela y Neftaly Aldana, mientras que la magistrada Dina Ochoa votó en contra y razonó su voto.

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