El Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif), a través de un comunicado de prensa, dio a conocer las posibles consecuencias tras la publicación del Decreto 15-2020,
Según con los empresario, la nueva normativa “presenta graves deficiencias y ambigüedades entre las que figuran la falta de especialización sobre a quienes se beneficia, no se fijas plazos, plasma disposiciones que muestran evidentes vicios de inconstitucionalidad y tampoco hay fuente de financiamiento para este tema en el largo plazo”, expresan.
Asimismo, afirmar que la Corte de Constitucionalidad no entró a conocer diversas acciones legales planteadas “para corregir las deficiencias” del decreto en mención. “Este tribunal no entró a conocer como correspondía y su inacción dio lugar a la publicación del decreto sin que se analizara el fondo legal del asunto”, manifestaron.
De acuerdo con el Cacif, el no haber realizado el enfoque oportuno en la población que realmente lo necesita, “pone en alto riesgo el suministro eléctrico para todo el país, y se corre el riesgo de crear un perjuicio mayor al beneficio que se perseguía generar”, indican.
Publicación
El pasado 21 de mayo, el Congreso publicó el Decreto 15-2020, el cual establece las medidas para evitar el corte de los servicios básicos a la población que no cuenta con los medios económicos para realizar esos pagos, a consecuencia de la pandemia Covid-19.
La nueva normativa establece que desde el momento en que se declaró Estado de Calamidad Pública, las empresas que brindan a los ciudadanos luz eléctrica, agua potable, teléfono e internet, no podrán suspender esos servicios, ya sea en el ámbito público como privado.
Asimismo, se aclara que no se podrán cobrar por mora, intereses ni gastos administrativos por el incumplimiento del pago correspondiente.