El Gobierno argentino ha aprobado incorporar en el Documento Nacional de Identidad la posibilidad de que las personas no binarias, que no se reconozcan dentro del sistema binario femenino/masculino, se identifiquen con la utilización de la letra ‘X’.
La medida ha sido publicada en el Boletín Oficial después de que el presidente del país, Alberto Fernández, lo anunciara desde el Museo del Bicentenario de la Casa Rosada. Así, el decreto dispone que el Registro Nacional de las Personas (Renaper) tendrá que «adaptar las características y nomenclaturas de los DNI y de los pasaportes que emite, con exclusividad, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la ley», en referencia a la ley de identidad de género aprobada el 24 de mayo de 2012.
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Sexo
En este sentido, el decreto indica que «se incorporará una tercera opción documentaria en la categoría «sexo» en el DNI y el pasaporte, con el fin de contemplar el derecho a la identidad de género respecto de aquellas personas que no se reconocen dentro del sistema binario femenino/masculino», según informaciones de la agencia Télam.
«Resulta necesario establecer que pueda consignarse en el DNI así como en el Pasaporte Electrónico Argentino, en la zona reservada al «sexo», y conforme el Documento OACI Nº 9303, las nomenclaturas ‘F’, ‘M’ o ‘X’, saliendo así del esquema de posibilidades binarias que existían previo al dictado de la presente medida», recoge el texto.
Derecho
«El derecho a la identidad tiene una directa e indisoluble vinculación con el derecho a no sufrir discriminación, a la salud, a la intimidad y a realizar el propio plan de vida», ha dicho Fernández.
Además, el DNI que cuente con la letra ‘X’ en la zona reservada al sexo «tendrá validez como documento de viaje a los efectos establecidos en el Acuerdo sobre Documentos de Viaje de los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados», tal y como han explicado las autoridades.
La nueva norma hace alusión a que «el derecho a la identidad tiene una directa e indisoluble vinculación con el derecho a no sufrir discriminación, a la salud, a la intimidad y a realizar el propio plan de vida», al tiempo que «se constituye como un concepto genérico que ensambla otros derechos que tutelan diversos aspectos de la persona».